Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 10/11/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Orden de 4 de noviembre de 2015, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las entidades locales para la financiación de las ayudas económicas familiares correspondientes al ejercicio 2015.

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El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, contempla en su artículo 7 las Ayudas Económicas Familiares como una prestación propia de los mismos, de carácter temporal y preventivo, y cuya finalidad es mantener a los y las menores en su medio familiar, debiendo gestionarse las mismas por los Servicios Sociales Comunitarios.

Mediante el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía, se determina que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de dichos Servicios Sociales serán transferidos por la Consejería competente en materia de infancia y familias y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes y las cantidades se abonarán en concepto de transferencias de financiación.

La Orden de 10 de octubre de 2013, regula las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, estableciendo en su artículo 7 la documentación precisa para la liquidación de los créditos distribuidos.

El Decreto 209/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales (BOJA núm 136, de 14 de julio), asigna a la misma, competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios y competencias en el desarrollo, coordinación y proposición de iniciativas en relación con las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de infancia y familias.

En el presente ejercicio, el crédito presupuestario disponible que se va a destinar para estas Ayudas, en la partida correspondiente de los Presupuestos de la Junta de Andalucía para el año 2015 en el Programa presupuestario 31E, asciende a la cantidad de 827.977,00 €, de acuerdo con lo previsto en el Anexo I.

Adicionalmente, y conforme a lo previsto por el Consejo de Ministros, en fecha 10 de julio de 2015, publicado por Resolución de 15 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, se ha establecido la formalización de los criterios de distribución de los fondos destinados a programas sociales desarrollados por las Comunidades Autónomas y por las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla. De la distribución resultante del crédito para proyectos sociales de apoyo a la familia e infancia para la Comunidad Autónoma de Andalucía, la dotación presupuestaria que va a ser destinada para el Programa de Ayudas Económicas Familiares en el ejercicio 2015, asciende a una cuantía 5.243.515,42 € de acuerdo con lo indicado en el Anexo II.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Infancia y Familias, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con las competencias que me confieren los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma Andaluza,

DISPONGO

Primero. Ordenar para el ejercicio 2015 la distribución de los créditos que deben satisfacerse por la Comunidad Autónoma de Andalucía a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios andaluces con población superior a veinte mil habitantes y la transferencia de los mismos, conforme se establece en los Anexos I y II de esta Orden, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 203/2002, de 16 de julio y en la Orden de 10 de octubre de 2013.

Segundo. La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales procederá a la liquidación de las transferencias de financiación de la siguiente forma:

a) Los importes serán abonados conforme al correspondiente calendario de pagos aprobado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y a propuesta de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

b) Para proceder a la transferencia de los fondos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.2 de la Orden de 10 de octubre de 2013, las Entidades Locales deberán haber entregado la ficha de evaluación del ejercicio anterior, así como la certificación emitida por la Intervención de la respectiva Entidad Local de que los fondos recibidos en concepto de financiación de las Ayudas Económicas Familiares de los Servicios Sociales Comunitarios para el mencionado ejercicio, han sido destinados a la finalidad prevista.

Tercero. La presente Orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de noviembre de 2015

MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales

ANEXO I

PROVINCIA CORPORACION LOCAL CUANTÍA
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ADRA 17.182,65€
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE NÍJAR 21.468,97€
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE VÍCAR 19.420,96€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ARCOS DE LA FRONTERA 17.751,84€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE BARBATE 13.450,42€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS 12.921,49€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CONIL DE LA FRONTERA 19.537,84€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL 22.461,99€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ROTA 21.995,25€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE 22.217,59€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE BAENA 15.650,66€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CABRA 15.590,54€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE MONTILLA 17.598,87€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PALMA DEL RÍO 16.088,58€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CÓRDOBA 17.174,07€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL 26.297,18€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR 18.717,80€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE ARMILLA 18.695,29€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE BAZA 15.765,86€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GUADIX 14.769,68€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE LOJA 15.701,04€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MARACENA 15.787,27€
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ALMONTE 22.171,10€
HUELVA AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE 17.552,53€
HUELVA AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA 19.188,36€
HUELVA AYUNTAMIENTO DE LEPE 25.022,21€
HUELVA AYUNTAMIENTO DE MOGUER 18.644,03€
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL 16.061,88€
JAÉN AYUNTAMIENTO DE MARTOS 17.570,57€
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA 25.335,99€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN EL GRANDE 20.578,09€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE CÁRTAMA 20.051,44€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE COÍN 19.344,62€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE NERJA 18.631,71€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS 11.775,12€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CAMAS 19.320,49€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CARMONA 20.400,93€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO 20.312,57€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LEBRIJA 21.197,50€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALCOR 17.483,01€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA 21.037,50€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA 25.117,02€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE AZNALFARACHE 16.106,91€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE TOMARES 18.827,58€
TOTAL 827.977,00€

ANEXO II

PROVINCIA CORPORACION LOCAL CUANTÍA
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA 154.365,46€
ALMERÍA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA 166.737,93€
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 52.793,68€
ALMERÍA AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR 50.691,11€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ 133.970,39€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA 116.938,21€
CÁDIZ DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ 156.848,75€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS 94.504,67€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA 57.826,56€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN 35.629,94€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA 49.698,82€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO 77.103,94€
CÁDIZ AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA 52.095,15€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA 267.226,05€
CÓRDOBA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA 205.852,63€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE LUCENA 30.385,80€
CÓRDOBA AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL 166,10€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE GRANADA 202.032,69€
GRANADA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA 321.474,73€
GRANADA AYUNTAMIENTO DE MOTRIL 40.625,50€
HUELVA AYUNTAMIENTO DE HUELVA 109.740,43€
HUELVA DIPUTACION DE HUELVA 187.377,84€
JAÉN AYUNTAMIENTO DE JAÉN 69.465,52€
JAÉN DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN 249.403,82€
JAÉN AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR 28.220,83€
JAÉN AYUNTAMIENTO DE LINARES 44.396,90€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA 475.444,21€
MÁLAGA DIPUTACION DE MÁLAGA 181.446,24€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN DE LA TORRE 27.540,48€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ANTEQUERA 32.430,66€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA 31.030,95€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA 33.828,47€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE FUENGIROLA 44.658,83€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MARBELLA 71.278,59€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE MIJAS 47.776,27€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA 28.931,83€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE RONDA 27.634,64€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS 32.896,82€
MÁLAGA AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA 52.189,67€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE SEVILLA 534.433,62€
SEVILLA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA 405.391,76€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA 50.971,67€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE DOS HERMANAS 86.293,78€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA 29.805,70€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJARAFE 28.330,97€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA 27.524,28€
SEVILLA AYUNTAMIENTO DE UTRERA 38.102,53€
TOTAL 5.243.515,42€
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