Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 24/11/2015

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Ayuntamientos

Anuncio de 8 de octubre de 2015, del Ayuntamiento de Villanueva del Rosario, de bases para la provisión del puesto de Jefe del Cuerpo de la Policía Local. (PP. 2740/2015).

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Por Resolución de Alcaldía de fecha 8 de octubre de 2015, se ha acordado convocar el procedimiento para proveer por libre designación el puesto de Jefe del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Villanueva del Rosario que se regirá por las bases que se publicarán a continuación.

«BASES PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE JEFE DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL ROSARIO

Primera. Objeto de la convocatoria.

Conforme lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 13 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 101 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 51 al 58 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, así como en el artículo 12  de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se convoca la provisión mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de Jefe del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Villanueva del Rosario, cuyas características son las siguientes:

Denominación del puesto de trabajo: Jefe de la Policía Local.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Categoría: Policía.

Grupo: C (Subgrupo C1).

Nivel de complemento de destino: 22.

Complemento específico: 862,50 euros mensuales.

Adscripción: Funcionario de los Cuerpos de Policía Local o de los Cuerpos de Seguridad del Estado o de las Comunidades Autónomas.

Forma de provisión: Libre designación, al amparo del artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales.

Segunda. Funciones.

Bajo la dependencia directa del/la Alcalde o Concejal/a delegado/a, en su caso, ostenta, entre otras, las funciones que se determinan en el artículo 57 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Tercera. Requisitos.

Los aspirantes al puesto objeto de la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, deben ostentar la condición de funcionarios de los Cuerpos de Policía Local o de cualesquiera otros Cuerpos de Seguridad (Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía o Policías Autonómicas).

b) Habrán de poseer la categoría de Policía.

c) Tendrán que estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.

Cuarta. Solicitudes.

Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de Jefe de Policía Local, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Rosario y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse las solicitudes en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La solicitud deberá ir acompañada de:

- Fotocopia del DNI.

- Currículum vitae y documentos acreditativos de los méritos que alegue para su valoración.

Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Quinta. Nombramiento y cese.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes y, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, el Sr. Alcalde, en el plazo máximo de un mes, procederá a resolver la convocatoria a favor de quien considere más idóneo para el puesto de trabajo objeto de la misma, sujeto a los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad.

La resolución se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, a la observancia del procedimiento establecido en las presentes bases y a la competencia para proceder al nombramiento.

El aspirante así nombrado podrá ser removido libremente del ejercicio de sus funciones. De la expresada resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre.

Sexta. Toma de posesión.

La toma de posesión se efectuará en los términos establecidos en el artículo 48 en relación con el artículo 57 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.

Séptima. Recursos.

Las presentes bases, su convocatoria, cuantos actos administrativos deriven de la misma, así como las actuaciones que en su desarrollo se lleven a cabo, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Villanueva del Rosario, 8 de octubre de 2015.- El Alcalde, José Antonio González Vegas.

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