Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 23/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 16 de marzo de 2015, por la que se establece el número de puestos escolares de primer ciclo de educación infantil para la escuela infantil «Casería de los Recuerdos», de Huétor Santillán (Granada). (PP. 826/2015).

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El artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil establece que el número de puestos escolares en los referidos centros educativos se fijará por Orden de la Consejería competente en materia de educación, teniendo en cuenta el número máximo de niños y niñas por unidad escolar que se recoge en el artículo 14 del mencionado Decreto y las instalaciones y condiciones materiales establecidas en el mismo.

Visto el expediente promovido por el Ilmo. Ayuntamiento de Huétor Santillán (Granada), titular de la escuela infantil «Casería de los Recuerdos», a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros y en virtud de lo establecido en el citado artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo,

DISPONGO

Autorizar la capacidad, en cuanto al número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil, de la escuela infantil «Casería de los Recuerdos», de Huétor Santillán (Granada), código 18014521, creada por el Decreto 95/2015, de 24 de febrero, por el que se crean y se suprimen determinadas escuelas infantiles de titularidad municipal en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que quedará configurada con 4 unidades para 61 puestos escolares.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de marzo de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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