Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 22/05/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de marzo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola, dimanante de procedimiento de tercería de mejor derecho núm. 1733/2012. (PP. 1057/2015).

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NlG: 2905442C20110006143.

Procedimiento: Tercería de mejor derecho 1733/2012. Negociado: 2.

De: C.P. La Cala Hills Fase IV.

Procuradora: Sra. Rosario Acedo Gómez.

Contra: Herbert Jolome Oburoh y Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito.

Procurador: Sr. José Luis Rey Val.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento tercería de mejor derecho 1733/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de C.P. La Cala Hills Fase IV contra Herbert Jolome Oburoh y Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro.

Fuengirola (Málaga).

Juicio verbal de tercería de mejor derecho núm. 1733/2012.

SENTENCIA

Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio verbal registrados con el número 1733/2012 en los que han sido parte demandante la Comunidad de Propietarios La Cala Hills Fase IV, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Acedo Gómez y asistida del Letrado Sr. Fernández Navarro, y parte demandada el Sr. Herbert Jolome Oburoh, rebelde, y Unión de Créditos Inmobiliarios, EFC, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Rey Val y asistida del Letrado Sr. Blasco Menéndez-Morán, allanada a la demanda, en Fuengirola, a 3 de marzo de 2015.

FALLO

Que estimando íntegramente como estimo la demanda de tercería de mejor derecho deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Acedo Gómez en nombre de la Comunidad de Propietarios La Cala Hills Fase IV contra el Sr. Herbert Jolome Oburoh y Unión de Créditos Inmobiliarios, EFC, S.A.

I. Declaro la preferencia del crédito de la demandante contra Sr. Herbert Jolome Oburoh por importe de 12.563,95 euros sobre el que contra este último ostenta Unión de Créditos Inmobiliarios, EFC, S.A., objeto de la ejecución hipotecaria núm. 1716/2011 de este Juzgado, y, por tanto, la preferencia de cobro de la demandante en esa cantidad sobre le importe percibido a resultas de aquella ejecución.

II. Imponer a cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Fdo.: Julián Cabrero López. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Fuengirola (Málaga).

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Herbert Jolome Oburoh, extiendo y Firmo la presente en Fuengirola, a tres de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario.

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