Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 6 de febrero de 2014, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de  El Ejido, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 613/2010. (PP. 451/2014).

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NIG: 0490242C20100003090.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 613/2010. Negociado: LJ.

De: Cualin Integral, S.L.

Procurador: Sr. José Román Bonilla Rubio.

Letrado: Sr. Francisco Antonio Bonilla Parrón.

Contra: Doña Dolores Remedios Martín Rodríguez.

edicto

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 613/2010, seguido a instancia de Cualin Integral, S.L., frente a Dolores Remedios Martín Rodríguez, se ha dictado sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo es el siguiente:

Juzgado de 1.ª Instancia núm. Uno.

El Ejido (Almería).

sentencia núm. 22/2014

En El Ejido, a 5 de febrero de 2014.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 613/2010, de juicio verbal por don Francisco José Domínguez Ureña, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de El Ejido y su partido; seguidos a instancia de Cualin Integral, S.L., representado por el Procurador don José Román Bonilla Rubio y asistido por el Letrado Sr. don Francisco Bonilla Parrón, contra doña Dolores Remedios Martín Rodríguez, en situación procesal de rebeldía.

fallo

Que estimando la demanda presentada en representación de Cualin Integral, S.L., debo condenar y condeno a doña Dolores Remedios Martín Rodríguez a pagar a la actora la cantidad de 1.500,20 euros más los intereses previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre; todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso de apelación ante la Ilma Audiencia Provincial de Almería.

Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado rebelde, Dolores Remedios Martín Rodríguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a seis de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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