Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 09/06/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Orden de 11 de mayo de 2016, por la que se aprueban las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, por especialidades y cuerpos docentes.

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La adaptación de los recursos humanos de los centros docentes a las exigencias y características de las enseñanzas que en los mismos se imparten, hace necesaria una adecuación periódica de las plantillas orgánicas de los mismos teniendo en cuenta la competencia de las distintas especialidades y cuerpos en los que se ordena la función pública docente.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo conferidas y a propuesta del Director General de Planificación y Centros,

D I S P O N G O

Primero. Aprobar las plantillas orgánicas de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, por especialidades y cuerpos docentes, de acuerdo con lo recogido en los siguientes Anexos:

Anexo I: Cuerpo de Maestros.

Anexo II: Cuerpo de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria.

Anexo III: Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Anexo IV: Cuerpo de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Anexo V: Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Anexo VI: Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.

Anexo VII: Cuerpo de Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

Anexo VIII: Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Segundo. Lo establecido en la presente Orden será de aplicación a partir del curso escolar 2016/17.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de mayo de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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