Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Vivienda

Resolución de 25 de enero de 2016, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento de selección de las vocalías del Observatorio de la Vivienda de Andalucía en representación de otros colectivos sociales, y se anuncia convocatoria pública para dicha selección.

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Mediante Acuerdo de la Viceconsejera de Fomento y Vivienda de fecha 29 de octubre de 2015 se ha iniciado la tramitación del proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento de selección de las vocalías del Observatorio de la Vivienda de Andalucía en representación de otros colectivos sociales, y se anuncia convocatoria pública para dicha selección.

Entendiendo que el contenido de dicha Orden pudiera afectar a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

1. Someter a información pública el proyecto de Orden por la que se regula el procedimiento de selección de las vocalías del Observatorio de la Vivienda de Andalucía en representación de otros colectivos sociales, y se anuncia convocatoria pública para dicha selección, por un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

2. El texto del citado proyecto quedará expuesto, para su general conocimiento, en la sede de la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento y Vivienda, sita en la Avenida Diego Martínez Barrio, núm. 10, de Sevilla, así como en las sedes de las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio. Igualmente esta documentación se podrá descargar desde la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda (www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda).

3. Las alegaciones que se consideren oportunas se podrán formular en las sedes mencionadas en el párrafo anterior, en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como telemáticamente a través de la reseñada página web de la Consejería de Fomento y Vivienda.

Sevilla, 25 de enero de 2016.- La Secretaria General, Catalina Madueño Magdaleno.

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