Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 3 de noviembre de 2016, por la que se convocan para el año 2016 las ayudas previstas en la Orden de 27 de junio de 2016, dirigidas a inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 5.2).

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BDNS (Identif.): 321702/321703/321704.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2016, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:

Línea Cuantía Máxima Posiciones presupuestarias
a) Subvenciones a inversiones en explotaciones agrarias para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Operación 5.2.1). 505.570 Euros 1900110000 G/71B 77700 99 C13B0521G1 2016000440 2016
b) Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones para la reconstrucción de infraestructuras hidráulicas colectivas de las Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales dañadas por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Operación 5.2.1.). 352.729 Euros 1900110000 G/71F 74303 00 C13B0521G4 2016000480 2016
c) Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones para la reconstrucción de infraestructuras públicas como caminos, que dan servicio a las explotaciones agrarias, dañadas por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Operación 5.2.1.). 2.005.570 Euros 1900110000 G/71F 76000 00 C13B0521G4 2016000479 2016

Segundo. Beneficiarios.

Para cada una de las líneas los beneficiarios que establecen sus bases reguladoras:

a) Línea de subvenciones a inversiones en explotaciones agrarias:

Personas físicas o jurídicas, agrupaciones de agricultores en el caso de inversiones destinadas al uso común de las explotaciones de sus miembros y las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, sean titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Línea de subvenciones a inversiones en infraestructuras hidráulicas colectivas:

Las Comunidades de Regantes, las Juntas Centrales y las Comunidades Generales con ámbito de actuación en la zona objeto del desastre natural, evento climático adverso o catástrofe que estén constituidas como tales por el Organismo de cuenca.

c) Línea de subvenciones dirigidas a inversiones en infraestructuras públicas como caminos, que dan servicio a las explotaciones agrarias:

Entidades locales de la zona que haya sido declarada como desastre natural, evento climático adverso o catástrofe.

Tercero. Objeto.

La finalidad de estas subvenciones es apoyar las inversiones y gastos necesarios para la recuperación del potencial productivo agrario de las explotaciones agrarias, las inversiones encaminadas a reparar los daños causados en infraestructuras colectivas de las comunidades de regantes u otras agrupaciones de agricultores que impidan o dificulten el desarrollo de la actividad agraria y las inversiones encaminadas a reparar los daños causados en infraestructuras públicas (caminos) que dan servicio a las explotaciones agrarias, por la adversidad natural ocurrida el 7 de septiembre de 2015 en la zona del Campo de Dalías (Almería) y en la zona de La Costa en Granada.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 27 de junio de 2016, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 5.2). Publicada en BOJA número 125, de 1 de julio de 2016.

Quinto. Cuantía.

La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro de convocatoria anterior. El importe máximo de la subvención individual será el indicado en el apartado 5 del cuadro resumen de la orden de bases reguladoras para cada una de las tres líneas, que se reproduce a continuación de forma resumida:

a) Línea de subvenciones a inversiones en explotaciones agrarias:

- Porcentaje máximo de la subvención: 100% de la inversión máxima auxiliable.

- Cuantía máxima de la subvención: La inversión máxima auxiliable, calculada conforme a lo dispuesto en la Orden AAA/979/2015, de 13 de mayo.

En los casos en los que las personas beneficiarias cuenten con un seguro que cubra la reparación de daños en las estructuras de la explotación, de la cuantía de la ayuda calculada con los límites anteriores se descontará la cantidad correspondiente a la indemnización percibida de la aseguradora.

La ayuda podrá consistir en un subvención directa, en una bonificación de intereses o en una combinación de ambas formas, de acuerdo con lo que se disponga en la convocatoria.

- Cuantía mínima de la subvención: La cuantía mínima será de 3.000 euros.

b) Línea de subvenciones a inversiones en infraestructuras hidráulicas colectivas:

- Porcentaje máximo de la subvención: 100% de la inversión máxima auxiliable.

- Cuantía máxima de la subvención: La cuantía máxima de la ayuda se determinará aplicando el proyecto de inversión subvencionable el porcentaje del 100%, con un importe máximo de 50.000 euros, sin exceder del equivalente a 6.000 euros por hectárea de la superficie a la que presta servicio la infraestructura.

- Cuantía mínima de la subvención: La cuantía mínima será de 3.000 euros.

c) Línea de subvenciones dirigidas a inversiones en infraestructuras públicas como caminos, que dan servicio a las explotaciones agrarias:

- Porcentaje máximo de la subvención: 100% de la inversión máxima auxiliable.

- Cuantía máxima de la subvención: La cuantía máxima de la ayuda se determinará aplicando el proyecto de inversión subvencionable el porcentaje del 100%, con un importe máximo de 50.000 euros.

- Cuantía mínima de la subvención: La cuantía mínima será de 3.000 euros.

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el siguiente, en función de la línea:

a) Línea de subvenciones a inversiones en explotaciones agrarias:

Tres meses a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Línea de subvenciones a inversiones en infraestructuras hidráulicas colectivas:

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Línea de subvenciones dirigidas a inversiones en infraestructuras públicas como caminos, que dan servicio a las explotaciones agrarias:

Diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.

Sevilla, 3 de noviembre de 2016

MARÍA DEL CARMEN ORTIZ RIVAS
Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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