Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 29/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 4 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se registra y publica la modificación del I Convenio Colectivo de la Fundación de Carácter Especial Monte San Fernando, actual Fundación Cajasol.

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Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de la Fundación de Carácter Especial Monte San Fernando, actual Fundación Cajasol (Código de convenio 71100362012014), suscrito con fecha 12 de septiembre de 2016, por el que se modifica el Anexo II del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO

Primero. Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de modificación del Convenio en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos dependiente de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de noviembre de 2016.- El Director General, Jesús González Márquez.

ANEXO II

Horarios

El horario de trabajo con carácter general en la Fundación Cajasol es el siguiente:

1. De lunes a jueves:

Dos días con horario ininterrumpido/intensivo, con un cómputo total diario de 7,00 horas al día.

- Entrada: de 8,00 horas a 8,30 horas, de carácter flexible.

- Salida: de 15,00 horas a 15,30 horas, de carácter flexible, en función de la hora de entrada.

Dos días con horario partido, con un cómputo total diario de 9 horas cada día.

- Entrada: de 9,30 horas a 10,00 horas, de carácter flexible.

- Pausa para comida: de 15,00 horas a 17,00 horas, de carácter flexible, pero con una pausa mínima de una hora.

- Salida: de 19,30 horas a 21,00 horas, de carácter flexible, en función de la hora de entrada y de la duración de la pausa para comida.

En cada área funcional de la Fundación se consensuará con el Jefe correspondiente el calendario laboral, el reparto del horario de trabajo y la distribución de las jornadas ininterrumpidas y jornadas partidas de forma equitativa entre la plantilla de cada área, de tal manera que se garantice en todo momento la presencia de personal durante los cuatro días de la semana en horario de tarde, y así quede asegurada la cobertura de personal y la asistencia a los eventos y actos organizados por la Fundación.

Viernes, con un cómputo total diario de 6,00 horas:

- Entrada: de 8,30 horas a 9,30 horas, de carácter flexible.

- Salida: de 14,30 horas a 15,30 horas, de carácter flexible, en función de la hora de entrada.

El cómputo total diario tendrá que ser de 6,00 horas.

2. Se establece un horario ininterrumpido/intensivo de tres meses, que se realizará desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre, de acuerdo con el calendario laboral de cada año.

Esta jornada será de lunes a viernes, entrada de 8,00 horas a 8,30 horas y salida de 15,00 horas a 15,30 horas.

Igualmente, este horario intensivo se realizará desde el 26 de diciembre al 4 de enero de cada año.

3. Adicionalmente se establece una bolsa de 20 horas de trabajo adicionales que deberán efectuarse en cada ejercicio, que contribuyen a atender las especiales condiciones del funcionamiento de la Entidad y la gestión de actividades propias de la Fundación.

4. Este horario entrará en vigor a partir de la entrada en vigor de este Convenio.

5. Las excepciones en el horario de trabajo detallado en este Anexo son las que vienen expresamente señaladas en el artículo 19 del presente Convenio Colectivo.

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