Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 21/12/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 15 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas a aplicar por los laboratorios autorizados para el contraste de objetos fabricados con metales preciosos a partir del año 2017.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00104518.

La Orden de 26 de enero de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, estableció en su artículo 4 que la actualización de las tarifas aprobadas por esta Orden se efectuará automáticamente por aplicación del Índice de Precios de Consumo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con base en el último índice interanual de octubre, para su aplicación a partir del 1 de enero del año siguiente. Y en su disposición final primera se habilita a la persona titular de la Dirección General competente en la materia para actualizar las cuantías de las tarifas aprobadas, de acuerdo con lo previsto en ese artículo 4.

Conforme a lo anterior, tras la aprobación de la citada orden se fueron actualizando anualmente las tarifas por aplicación del referido índice, mediante las correspondientes resoluciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

La entrada en vigor el 1 de abril de 2015 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, vino no obstante a alterar este régimen de actualización de tarifas. Así, esta Ley prohíbe los regímenes de revisión periódica y predeterminada de precios públicos, como es el caso de las actualizaciones periódicas basadas en el Índice de Precios de Consumo, salvo excepciones que se deben recoger en un reglamento de desarrollo todavía no aprobado. Y para los regímenes aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley, como es el caso de las tarifas aplicables en Andalucía al contraste de metales preciosos, establece en el apartado tercero de su disposición transitoria que mantendrán su vigencia hasta la entrada en vigor del Real Decreto referido en su artículo 4, aún no aprobado, si bien en las fórmulas las referencias a las variaciones de índices generales, tales como el Índice de Precios de Consumo o el Índice de Precios Industriales, deberán sustituirse por el valor cero.

De acuerdo con lo establecido en la citada Ley, mediante Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas a aplicar por los laboratorios autorizados para el contraste de objetos fabricados con metales preciosos durante el año 2016 y se deja sin efecto la de 9 de diciembre de 2015, se procedió a mantener para el año 2016 las tarifas vigentes en el año 2015.

Y por la misma razón, mediante la presente Resolución se procede, tanto para el año 2017 como para años sucesivos, mientras otra norma no disponga lo contrario, a mantener, al igual que en el año 2016, las tarifas recogidas en la Resolución de 10 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas a aplicar por los laboratorios autorizados para el contraste de objetos fabricados con metales preciosos durante el año 2015.

En virtud de lo anterior y de las atribuciones que me son conferidas, conforme a la disposición final primera de la Orden de 26 de enero de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa,

RESUELVO

Primero. Mantener para el año 2017 y para años sucesivos, mientras otra norma no disponga lo contrario, las tarifas para el contraste de objetos fabricados con metales preciosos actualmente vigentes, que son las recogidas en la Resolución de 10 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se actualizan las tarifas a aplicar por los laboratorios autorizados para el contraste de objetos fabricados con metales preciosos durante el año 2015.

Segundo. La presente Resolución surtirá efecto a partir del 1 de enero de 2017.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 2016.- La Directora General, Natalia González Hereza.

Descargar PDF