Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de enero de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Granada, dimanante de autos núm. 657/2014.

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La Letrada de la Admón. de Justicia Victoria Santos Ortuño del Juzgado de Familia núm. Tres de Granada certifica extracto de sentencia autos 657/14 de Modificación de Medidas, seguidos ante este Juzgado a instancia de doña María del Carmen de Miguel Morales contra don Cristiano Raimudo de Sousa, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Romero Losada en nombre y representación de doña María del Carmen de Miguel Morales contra don Cristiano Raimundo de Sousa, debo acordar y acuerdo la modificación de las medidas adoptadas en los autos de Divorcio núm. 599/2010 del Juzgado de igual clase núm. 16 de esta Ciudad en lo siguiente:

Primera. Decretamos la privación de la patria potestad de don Cristiano Raimundo respecto de sus hijos Aran y Ornar.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 458 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguienle de la notificación, deberá exponer las alegaciones en que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 1724, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se traía de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias. Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Cristiano Raimundo de Sousa, en ignorado paradero, le hago saber que en el Juzgado está a su disposición el texto íntegro para su conocimiento extiendo y firmo la presente en Granada, a 18 de enero de dos mil dieciséis. Fdo. V. Santos Ortuño.

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