Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 23/05/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 13 de mayo de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 44/2016.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 44/2016. Negociado. 2E.

NIG: 4109144S20120007563.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Inversiones Sierrasur Espera, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 44/2016 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Inversiones Sierrasur Espera, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 13.5.16 del tenor literal siguiente:

DECRETO nÚM. 318/16

Letrada de la Administración de Justicia: Doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a trece de mayo de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Fundación Laboral de la Construcción ha presentado demanda de ejecución frente a Inversiones Sierrasur Espera, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 29.3.16 por un total de 272,76 € de principal más la de 82 presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar a la ejecutada Inversiones Sierrasur Espera, S.L., en situación de Insolvencia total por importe de 272,76 € de principal mas la de 82 presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnaclón: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Inversiones Sierrasur Espera, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a trece de mayo de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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