Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 10 de mayo de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 585/2013.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 585/2013. Negociado: 2I.

NIG: 4109144S20130006289.

De: Don Alejandro Rodríguez Domínguez y Silvestre González Bermúdez.

Contra: Disler, S.A., Motordos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Motorluxe, S.A., Suato de Automoción, S.A., y Grupo Suárez de Automoción.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 585/2013, a instancia de la parte actora don Alejandro Rodríguez Domínguez y Silvestre González Bermúdez contra Disler, S.A., Motordos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Motorluxe, S.A., Suato de Automoción, S.A., y Grupo Suárez de Automoción, sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Decreto de fecha 3.9.13 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretario Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a tres de septiembre de de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Don Alejandro Rodríguez Domínguez y Silvestre González Bermúdez presentó demanda de reclamación de cantidad frente a Disler, S.A., Motordos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Motorluxe, S.A., Suato de Automoción, S.A., y Grupo Suárez de Automoción.

Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 585/13.

Tercero. Previo a admitir la demanda se requirió a la parte actora a fin de que ampliará la demanda frente al Grupo Suárez de Automoción, lo que ha verificado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Subsanado el defecto de que adolecía la demanda, examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LPL procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Segundo. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.1 de la LRJS procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

- Admitir la demanda presentada, y tenerla por ampliada frente a Grupo Suárez de Automoción.

- Se señala el próximo día veintisiete de septiembre de 2016, a las 10,40 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas núm. Diez de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla, citando a todas las partes, con copia de la demanda y del anterior escrito.

- Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado, sito en la 5.ª planta de este mismo edificio a las 10,10 horas.

- El Secretario Judicial no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la LRJS.

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada dése cuenta a S.S.ª para que resuelva lo procedente.

Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

Notífíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El Secretario Judicial

Diligencia de constancia de la Sra. Secretaria doña María Amparo Atares Calavia: Para hacer constar que la anterior resolución ha sido transcrita hoy día 6.11.13, debido a la sobrecarga de trabajo que pesa en este Juzgado.

En Sevilla, a 6 de noviembre de dos mil trece. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Surmotor de Automoción, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diez de mayo de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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