Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 13/06/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 29 de mayo de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 1114/2016.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1114/2016. Negociado: P.

NIG: 2906744S20160014847.

De: Don Ramón Gorriz Fernández.

Abogado: Don José Francisco Matas Llerena.

Contra: Noha Pólizas Agencia de Seguros Vinculada, S.L., y Fogasa.

EDICTO

Don Agustín Salinas Serrano, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1114/2016 se ha acordado citar a Noha Pólizas Agencia de Seguros Vinculada.

SENTENCIA nÚM. 205/2017

En Málaga, a veintiséis de mayo de dos mil diecisiete.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 1114/2016 seguidos a instancia don Ramón Gorriz Fernández, representado por Letrado Sr. Matas LLarena, frente a la entidad Noha Pólizas Agencia de Seguros Vinculada, S.L., que no comparece, sobre Reclamación de cantidad.

F A L L O

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por de don Ramón Gorriz Fernández, frente a la entidad Noha Pólizas Agencia de Seguros Vinculada, S.L., sobre Reclamación de cantidad, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a que abonen al actor la cantidad de 609,85 euros, más el interés moratorio del 10%.

Notifíquese la presente Resolución a las partes y a Fogasa en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Y para que sirva de notificación a Noha Pólizas Agencia de Seguros Vinculada, S.L.

En Málaga, a veintinueve de mayo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal).»

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