Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 20/06/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 25 de mayo de 2017, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de educación secundaria «María Inmaculada» de Sevilla. (PP. 1717/2017).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María Ángeles Moral Abad, como representante de Religiosas de María Inmaculada, entidad titular del centro docente privado de educación secundaria «María Inmaculada», con domicilio en C/ Santa Vicenta María, núm. 7, de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Educación infantil y la supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Actividades Comerciales, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41007138, tiene autorización para impartir cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, un ciclo formativo de formación profesional básica de Servicios administrativos y diez ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Gestión administrativa, dos de Actividades comerciales, cuatro de Cuidados auxiliares de enfermería, dos de Farmacia y parafarmacia y uno de Atención a personas en situación de dependencia).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre (BOE de 24 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de educación secundaria «María Inmaculada», código 41007138 y domicilio en C/ Santa Vicenta María, núm. 7, de Sevilla, cuyo titular es Religiosas de María Inmaculada, que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 4 unidades con 120 puestos escolares.

b) Ciclo formativo de formación profesional básica:

  Servicios administrativos:

  Núm. de ciclos: 1.

  Grupos: 2.

  Puestos escolares: 40

c) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

  Gestión administrativa:

  Núm. de ciclos: 1

  Grupos: 2

  Puestos escolares: 60

  Actividades Comerciales:

  Núm. de ciclos: 1

  Grupos: 2

  Puestos escolares: 60

  Cuidados auxiliares de enfermería:

  Núm. de ciclos: 4

  Grupos: 4

  Puestos escolares: 120

  Farmacia y parafarmacia:

  Núm. de ciclos: 2

  Grupos: 4

  Puestos escolares: 120

 Atención a personas en situación de dependencia:

  Núm. de ciclos: 1

  Grupos: 2

  Puestos escolares: 60

d) Ciclo formativo de formación profesional de grado superior:

  Educación infantil:

  Núm. de ciclos: 1

  Grupos: 2

  Puestos escolares: 60

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de mayo de 2017

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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