Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 14/07/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 10 de julio de 2017, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2017 al amparo de la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (operación 10.2.1).

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BDNS (Identif): 354823.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las ayudas dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

1900110000 G/71B/78202/00-C14A1021G1-2016000430.

1900110000 G/71B/78202/00-C14A1021G1-2016000565.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, la cuantía máxima de la ayuda prevista en esta convocatoria, así como su distribución por anualidades, es la siguiente:

Importe máximo: 400.000 euros.

Distribución por anualidades:

2017: 140.128 euros.

2018: 86.624 euros.

2019: 86.624 euros.

2020: 86.624 euros.

Segundo. Beneficiarios.

Organizaciones de criadores o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias delegadas en la gestión de los libros genealógicos, que a fecha de la solicitud de ayudas se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional de información ARCA, conforme al artículo 25 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

Las organizaciones o asociaciones deberán ser de la siguiente raza:

- Especie ovina: Merino Precoz.

Tercero. Objeto.

Apoyo a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 (operación 10.2.1).

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

Para las actividades focalizadas en materia de ganadería, la ayuda se basará en baremos estándar de costes unitarios, conforme a lo establecido en el artículo 67.1.b) y al artículo 67.5.a) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 y a lo especificado en el Anexo. Adicionalmente, se establecen las siguientes limitaciones:

- Por inscripción de animales en libros (A) la cuantía máxima será de 85.000 €/entidad/anualidad completa. Para el resto de actividades focalizadas en ganadería (B, C y D) no podrán superarse en conjunto la cuantía de 190.000 €/entidad/anualidad completa.

- Dentro de los compromisos voluntarios, para los análisis genéticos (C), se establece una cuantía máxima de 30.000 €/entidad/anualidad completa.

Además de lo establecido en el apartado 5.a) del cuadro resumen, se establecen los siguientes costes unitarios de las actuaciones focalizadas en ganadería, relacionadas con el tipo de compromiso, conforme a lo previsto en el Anexo de la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Operación 10.2.1).

Especie LIBRO GENEALÓGICO (A) (€/ejemplar)
Registro Auxiliar A y Registro Fundacional Registro Auxiliar B y Registro Definitivo
General Razas Peligro Extinción General Razas Peligro Extinción
Ovina 3,45 5,90 16,56 20,20
Especie CONTROL DE RENDIMIENTO (B) (€/prueba realizada)
Producción cárnica Producción lechera Prueba funcionalidad
General Razas Peligro Extinción General Razas Peligro Extinción
Ovina 1,72 2,18 1,56 2,45 --
Especie CONTROL DE FILIACIÓN (C)
(€/análisis realizado)
Sementales con evaluación genética positiva por la descendencia incluidos en el percentil 70 de la población (D) (€/ejemplar)
Fiabilidad ≥ 50% y < 74,9% Fiabilidad ≥ 75% y < 85% Fiabilidad ≥ 85%
Ovina 10,00 429 1.143 1.857

Para las actividades concertadas, la cuantía máxima será de 18.000 €/entidad/anualidad completa.

Para las actividades de acompañamiento, la cuantía máxima será de 15.000 €/entidad/anualidad completa. Adicionalmente, el gasto máximo por jornada se calculará multiplicando el número de horas de la jornada por 10 euros por persona asistente por el número total de asistentes.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días hábiles a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 10 de julio de 2017

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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