Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 21/07/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de junio de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (Antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de autos núm. 154/2016. (PP. 1910/2017).

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NIG: 2905442C20160000724.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 154/2016. Negociado: D.

Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Doña Joanne Mccafferty y don Martin Joseph McCafferty.

Procuradora: Sra. Rosario Acedo Gómez.

Contra: Caninvest Consulting, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 154/2016 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (Antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de doña Joanne McCafferty y don Martin Joseph McCafferty contra Caninvest Consulting, S.L., sobre Acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 197/2016

En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a 19 de septiembre de 2016, la Iltma. Sra. Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (Antiguo Mixto núm. Dos) doña Esperanza Brox Martorell, ha visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario seguidos bajo el número 154/16, en virtud de demanda de doña Joanne Mccafferty y don Martin Joseph McCafferty, representados por la Procuradora doña Rosario Acedo Gómez, bajo la dirección letrada de don Luis Fernández García, contra Caninvest Consulting, S.L., declarada en rebeldía, y,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por fon Martin Joseph McCfferty y doña Joanne McCfferty frente a Caninvest Consulting, S.L., debo declarar y declaro el dominio de los actores sobre la finca 70.760 del R.P.2 Mijas, declarando la nulidad de los asientos contradictorios actualmente vigentes a favor de la entidad Caninvest, S.L., respecto de dicha finca en cuanto a su dominio, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración.

Una vez firme esta sentencia, procédase a inscribir en el Registro de la Propiedad el referido inmueble a favor de los actores, cancelándose las inscripciones contradictorias.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm., indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Caninvest Consulting, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a diecinueve de junio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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