Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 17/10/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 27 de septiembre de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 521/2017.

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 521/2017. Negociado: A3.

NIG: 2906744S20170006238.

De: Doña Juana Hidalgo Gómez.

Contra: Congelados Carlos, S.L.

EDICTO

Don Agustín Salinas Serrano, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 521/2017 a instancia de la parte actora, doña Juana Hidalgo Gómez, contra Congelados Carlos, S.L., sobre Despido Objetivo Individual, se ha dictado Resolucion de fecha 26.9.17 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de despido interpuesta por doña Juana Hidalgo Gómez frente a Congelados Carlos, S.L., declarando la Improcedencia del Despido de 31 de marzo de 2017 y la extinción de la relación laboral a fecha de la presente sentencia, condenando a Congelados Carlos, S.L. al abono a doña Juana Hidalgo Gómez de la cantidad de 5.911,53 euros de indemnización y 8.550,83 euros de salarios de tramitación (con deducción en el momento procesal correspondiente de prestación de IT o salarios incompatibles con los de tramitación de existir los mismos).

Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por esta declaración.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social número Siete de Málaga en los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, debiendo consignar en metálico o mediante aval bancario, en el caso que el recurrente no gozare del beneficio de Justicia gratuita, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado las cantidades derivadas de la anterior condena así como depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Congelados Carlos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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