Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 24/10/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 19 de octubre de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía, Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1. Expte.- CA/2001/143/AGMA/EP. José Carlos Carballal Azcutia. Tarifa (Cádiz).Imposición de una Vigésimo Octava Multa Coercitiva. Realizar obras y trabajos consistentes en construcción de dos estructuras de madera de unos sesenta metros cuadrados cada uno con apariencia de vivienda, e instalación de cerca metálica de unos setenta y siete metros de largo por dos metros de alto, todo ello sin autorización administrativa, en un enclavado reconocido del monte de utilidad pública Betis, en la zona de Los Algarbes y en el interior del futuro parque natural del frente litoral, en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Acuerdo: Imponer a José Carlos Carballal Azcutia la Vigésimo Octava Multa Coercitiva, en la cuantía de 3.000 euros como consecuencia del incumplimiento de la obligación de demolición de lo ilícitamente construido. Se le apercibe que a esta multa seguirá otra de 3.000 euros si en el plazo de un mes no procede al cumplimiento de la obligación conforme a lo dispuesto en el art. 81,5 de la ley 42/2007 de Patrimonio Natural; asimismo seguirán sucesivas multas hasta que se acredite documentalmente ante este órgano el cumplimiento de la obligación.

2. Expte.- CA/2005/385/ENP. José Carlos Carballal Azcutia. Tarifa (Cádiz).Imposición de una Sexta Multa Coercitiva. Ejecutar obras consistentes en la apertura de una zanja para enterrar 6 cables eléctricos en una longitud de unos 250 m en terrenos pertenecientes a parque natural, de los que 100 m corresponden al monte de utilidad pública “Betis”, siendo su finalidad el suministro de luz eléctrica al grupo de parcelas de Los Algarves, sin la preceptiva autorización ambiental, en el paraje conocido como Los Algarves (M.U.P. Betis) en el parque natural del estrecho. Acuerdo: Imponer a José Carlos Carballal Azcutia la Sexta Multa Coercitiva, en la cuantía de 3.000 Euros como consecuencia del incumplimiento de la obligación de restitución del terreno a su estado natural anterior, con desmantelamiento de la instalación denunciada. Se le apercibe que a esta multa seguirá otra de 3.000 euros si en el plazo de un mes no procede al cumplimiento de la obligación conforme a lo dispuesto en el art. 81,5 de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural; asimismo seguirán sucesivas multas hasta que se acredite documentalmente ante este órgano el cumplimiento de la obligación.

3. Expte.- CA/2006/377/AGMA/ENP. Ángeles Corrales Sánchez. Grazalema (Cádiz).Imposición de una Undécima Multa Coercitiva. Instalación de Caravana mediante anclaje y apuntalamiento al terreno en espacio natural protegido sin autorización, en el paraje conocido como Viña Nueva en el Parque Natural de Sierra de Grazalema. Acuerdo: Imponer a Ángeles Corrales Sánchez la décima multa coercitiva, en la cuantía de 60 Euros como consecuencia del incumplimiento de la obligación de instar la preceptiva autorización y estar a sus determinaciones. Se le apercibe que a esta multa seguirá otra de 120 euros si en el plazo de un mes no procede al cumplimiento de la obligación conforme a lo dispuesto en el art. 77.5 de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural; asimismo seguirán sucesivas multas hasta que se acredite documentalmente ante este órgano el cumplimiento de la obligación.

4. Expte.- CA/2017/417/GJ DE COTO/CAZ. Juan Rodríguez Serrano. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con dos perros en coto sin autorización del titular en el coto cinegético (El Majuelo) con matrícula CA-10259, en el T.M. de Jerez de la frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.9 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 4.000Euros. Otras obligaciones no Pecuniarias: la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un año (art. 83.1 de la ley 8/2003).

5. Expte.- CA/2017/418/GJ DE COTO/CAZ. David Rodríguez Pan. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con dos perros en coto sin autorización del titular en el coto cinegético (El Majuelo) con matrícula CA-10259, en el T.M. de Jerez de la frontera (Cádiz). Los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.9 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 4.000Euros. Otras obligaciones no Pecuniarias: la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un año (art. 83.1 de la ley 8/2003).

6. Expte.- CA/2017/420/GJ DE COTO/CAZ. Bartolomé Barea Sánchez. Mesas de Asta- Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con dos perros galgos en coto sin autorización del titular, sin licencia de caza y en día de fortuna, en el paraje conocido como Finca El Rosario, en el coto cinegético (El Rosario I) con matrícula CA-10540 ,en el T.M. de Jerez de la frontera (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.9 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.7 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.7 y 82.2b) del mismo texto legal. El tercero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 78.2 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como muy grave y sancionable según Artº 78.2 y 82.2 c) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 5.203 Euros. Otras obligaciones no Pecuniarias: la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de cinco años y un día (art. 83.1 de la ley 8/2003).

7. Expte.- CA/2017/429/GJ DE COTO/CAZ. Juan Rodríguez Serrano. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con tres perros en coto sin autorización del titular y sin licencia de caza en el coto cinegético (Rompecerones) con matrícula CA-11231 ,en el T.M. de Jerez de la frontera (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.9 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.7 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.7 y 82.2b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 1.202 Euros. Otras obligaciones no Pecuniarias: la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un año (art. 83.1 de la ley 8/2003).

8. Expte.- CA/2017/447/GJ DE COTO/CAZ. David Rodríguez Pan. Jerez de la Frontera (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. Cazar con tres perros en coto sin autorización del titular y sin licencia de caza en el coto cinegético (Rompecerones) con matrícula CA-11231 ,en el T.M. de Jerez de la frontera (Cádiz). El primero de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.9 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.9 y 82.2b) del mismo texto legal. El segundo de los hechos cuya realización se consideran suficientemente probados constituyen Infracción Administrativa tipificada como tal en el Artº 77.7 de la Ley 8/03 de la Flora y Fauna Silvestre calificada como grave y sancionable según Artº 77.7 y 82.2b) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 1.202 Euros. Otras obligaciones no Pecuniarias: la suspensión o inhabilitación para la obtención de la licencia de caza por un periodo de un año (art. 83.1 de la Ley 8/2003).

9. Expte.- Ca/2017/485/OOFF/AGUAS. Ostras Españolas S.A. El Puerto de Santa María (Cádiz). Notificación al interesado del cambio de instructor del procedimiento sancionador. Vertido de Aguas residuales sin autorización a dominio público marítimo terrestre en zona situada junto al río San Pedro, en el T.M. de El Puerto de Santa María (Cádiz). Asimismo se informa el derecho que le asiste de formular recusación contra la persona nombrada como instructor, según art. 23.2 de la Ley 40/2015.

10. Expte.- CA/2017/809/GC/FOR. Sophie Mirelle Ma Patigny. La línea de la Concepción (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y Formulación de Cargos. Estacionar el vehículo matrícula 1632 JWX en zona forestal estando prohibido (art. 104.2 del reglamento forestal de Andalucía), en el paraje conocido camino al Puente de los Palominos, en el T.M. de Zahara (Cádiz). Los hechos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es tipificada como tal en el Artº 77.4 de la Ley forestal de Andalucía el tránsito o permanencia en caminos o zonas forestales donde exista prohibición expresa en tal sentido, siendo calificada como leve y sancionable según Artº 80.4. y 86.a) del mismo texto legal. Resolución: Sanción de Multa Pecuniaria: 100 Euros.

Cádiz, 19 de octubre de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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