Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 20/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de noviembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, dimanante de autos núm. 813/2016.

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La Letrada de la Administración de Justicia doña Montserrat Gallego Molinero del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada certifica extracto de sentencia en autos de Juicio Verbal sobre modificación de medidas seguidos ante este Juzgado bajo el número 813/2016 a instancia de doña Pilar Barquero López contra don David Cortel Moreno, en situación procesal de rebeldía y paradero desconocido.

SENTENCIA NÚM. 569/201

En Granada, a cuatro de octubre de dos mil diecisiete.

Vistos por don Javier Ruiz Casas, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de Granada, en funciones de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, los autos de Juicio Verbal sobre modificación de medidas contencioso, registrados con el núm. 813/16; siendo partes, como demandante, doña Pilar Barquero López, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Navarro Jiménez y asistida por la Letrada Sra. Salvador Oyonate; y como demandado, don David Cortel Moreno, en situación procesal de rebeldía; con la intervención del Ministerio Fiscal, representado por el Sr. Fiscal Navajas Sánchez.

FALLO

Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por doña Pilar Barquero López contra don David Cortel Moreno, y en su virtud acuerdo aumentar, con efectos desde esta resolución, a 150 euros por hija la pensión de alimentos fijada a cargo del demandado en la sentencia núm. 48/10 de 15.6, autos de guarda y custodia núm. 159/09, dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 2. Sin costas.

Llévese la presente resolución al Libro de Sentencias y únase certificación de la misma a los autos de su razón.

Notifíquese a las partes en legal forma, advirtiéndoles que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, en este Juzgado, para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Granada, para la admisión a trámite del recurso será necesaria la constitución en la cuenta de consignaciones de este Juzgado del depósito para recurrir previsto en la DA 15.a LOPJ.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncia, manda y firma, don Javier Ruiz Casas, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial de Andalucía, provincia de Granada, en funciones de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada. Doy fe.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

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