Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 29/11/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 4 de julio de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Dos Hermanas, dimanante de autos núm. 461/2015. (PP. 3413/2017).

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EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 461/2015 seguido a instancia de Jose Romero Marín frente a Construcciones Ferro, S.A., se ha dictado sentencia, cuyo extracto es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 92/2017

Juez que la dicta: Doña Belén Saucedo Martínez.

Lugar: Dos Hermanas.

Fecha: Veintiocho de junio de dos mil diecisiete.

Parte demandante: José Romero Marín.

Procurador: María Luisa Ramos López.

Parte demandada: Construcciones Ferro, S.A., en situación procesal de rebeldía

Objeto del juicio: Obligación de hacer, elevación a público de contrato privado.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don Juan Romero Marín contra la entidad Construcciones Ferro ese punto a., debo condenar y condeno a esta última a que eleve escritura pública del contrato de compraventa, de 19 de febrero de 1971, sobre el piso referenciado en dicho contrato como piso número 15, planta tercera de la casa 28, sito en la barriada del Rocío de Dos Hermanas, y que en la actualidad dicha vivienda tiene la referencia catastral 0295902 TSG 4209N0015XF, y está sita en la calle virgen del Pilar, 11, escalera uno, planta tercera, puerta C, de Dos Hermanas.

Se tiene la parte actora por desistida respecto de la herencia yacente de Juan Rojas Vázquez.

Notífiquese a las partes haciendoles saber que, contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm., indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y encontrándose dicho demandado, Construcciones Ferro. S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Dos Hermanas, a cuatro de julio de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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