Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 12/12/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 8 de noviembre de 2017, de la Secretaría General del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Cádiz y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento ordinario 627/2017.

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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Cádiz en el procedimiento ordinario 627/2017, originado por recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad Centro Especial de Empleo Torre de la Merced, S.L.U., contra la desestimación presunta de la solicitud de revisión de oficio de fecha 21.10.2016 del acto por el que en la hoja del Registro de Centros Especiales de Empleo se procede a dejar únicamente inscrita la actividad correspondiente al CNAE 5320 y se causa baja de las actividades inicialmente inscritas correspondientes al CNAE 5299, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá en conocimiento del órgano jurisdiccional.

Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

En virtud de cuanto antecede, esta Secretaría General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14 del Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio (BOJA núm. 136, de 15 de julio de 2015), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA núm. 83, de 29 abril 2011),

RESUELVE

Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a la entidad Centro Especial de Empleo Torre de la Merced, S.L.U., al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Cádiz.

Segundo. Notificar la presente Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento ordinario 627/2017, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el referido Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de noviembre de 2017.- La Secretaria General, Concepción Martín Brenes.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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