Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 13/12/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Delegación Territorial de Educación en Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes para el desarrollo de programas dirigidos a la mediación intercultural durante el curso 2017/2018.

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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 15 de enero de 2014 y, en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2017/2018, realizada mediante Resolución de 17 de mayo 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm.: 117, de 21 de junio de 2017), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,

ACUERDA

Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2017/2018 realiza la Resolución de 17 de mayo de 2017 (BOJA núm.: 117, de 21 de junio de 2017, de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes para el desarrollo de Programas dirigidos a la Mediación Intercultural durante el curso 2017/2018, otorgando las subvenciones a las entidades sin fines de lucro de o pro inmigrantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las entidades sin ánimo de lucro de o pro inmigrantes que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.

Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2017/2018 y, así mismo el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2018, debiendo presentar una cuenta justificativa del cumplimiento de la actividad, ante esta Delegación Territorial, acompañada de las documentación prescriptiva que señala el artículo 27 de la referida Orden de 15 de abril de 2011.

Cuarto. El pago de las subvenciones se realizará en un solo pago anticipado por el total de la cuantía concedida, mediante transferencia bancaria a las cuentas designadas por las Entidades beneficiarias de estas ayudas y cuyo importe total de catorce mil euros (14.000,00 €) ha sido el otorgado a la provincia de Granada, siendo imputables a la posición presupuestaria 1100010000/G/42F/48708/18/ 01.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 5 de diciembre de 2017.- El Delegado, Germán González Pérez.

Anexo I

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES BENEFICIARIAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL DURANTE EL CURSO 2017/2018

ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE CIF PRESUPUESTO REFORMULADO SUBVENCIÓN CONCEDIDA PORCENTAJE FINANCIACIÓN PAGO
OBRA SOCIAL SAN VICENTE DE PAÚL R1800117B 2.500´00 € 2.500´00 € 100,00 % Único
ASOCIACIÓN COOPERACIÓN Y DESARROLLO CON EL NORTE DE ÁFRICA - CODENAF G18438457 6.000´00 € 6.000´00 € 100,00 % Único
ASOCIACIÓN LOS PRIMEROS 2.500´00 € 2.500´00 € 100,00 % Único
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES G92623560 3.000´00 € 3.000´00 € 100,00 % Único
Total: 14.000´00 €

Anexo II

ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE O PRO INMIGRANTES EXCLUIDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DIRIGIDOS A LA MEDIACIÓN INTERCULTURAL DURANTE EL CURSO 2017/2018

ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE CAUSA DE EXCLUSIÓN FUNDAMENTO JURÍDICO
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011.
Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017.
FAKALI, MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011.
Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017.
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