Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 13/12/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Delegación Territorial de Educación en Granada, por la que se asignan subvenciones a entidades locales para el desarrollo de proyectos de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar y atención al alumnado inmigrante mediante la aplicación de medidas de carácter compensatorio en el curso 2017/2018.

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Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias atribuidas por la Orden de 15 de enero de 2014, y en uso de la competencia establecida en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas a entidades públicas, asociaciones del alumnado, y de madres y padres del alumnado, y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012, y en el transcurso de la tramitación de la convocatoria para el desarrollo de Programas dirigidos a la prevención, seguimiento y control del Absentismo Escolar durante el curso 2017/2018, realizada mediante Resolución de 17 de mayo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm. 117, de 21 de junio de 2017), valorados los proyectos y emitida su Propuesta por la Comisión Evaluadora Provincial, a quien compete,

ACUERDA

Primero. Resolver la convocatoria que para el curso escolar 2017/2018 realiza la citada Resolución de 17 de mayo 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad (BOJA núm. 117, de 21 de junio de 2017), de concesión de subvenciones a entidades locales para financiar programas de absentismo escolar otorgando las subvenciones a las entidades locales que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo. Desestimar las restantes solicitudes de las Entidades Locales que han participado en la convocatoria por los motivos que se especifican en el Anexo II de esta Resolución.

Tercero. Disponer el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas, que se extenderá desde la publicación de esta Resolución hasta la finalización del curso académico 2017/2018 y, así mismo, el plazo de justificación de las ayudas recibidas, que comprende desde la finalización del proyecto de actividades hasta el 31 de agosto de 2018, debiendo presentar ante esta Delegación Territorial el correspondiente Certificado de la Intervención Local acreditativo del empleo de las cantidades a la finalidad para la que se conceden.

Cuarto. El pago de las subvenciones se realiza en la modalidad de pago anticipado y único, de acuerdo con el límite de la cuantía de las mismas establecido en las bases reguladoras.

Quinto. Las subvenciones que se aprueban abarcan el límite presupuestario de la convocatoria que alcanza el importe total de cuarenta y un mil doscientos sesenta euros (41.260,00 €) imputables a la posición presupuestaria 1100020000/G/42F/46100/18 01.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 5 de diciembre de 2017.- El Delegado, Germán González Pérez.

Anexo I

ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR Y ATENCIÓN AL ALUMNADO INMIGRANTE-CURSO 2017/2018

ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE CIF PRESUPUESTO REFORMULADO SUBVENCIÓN CONCEDIDA PORCENTAJE FINANCIACIÓN PAGO
Torrenueva P-1800009A 2500,00 € 2500,00 € 100% Único
Órgiva P-1815000C 2500,00€ 2000,00 € 80% Único
Campotéjar P-1803900H 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Huétor Tájar P-1810200D 9000,00 € 2500,00 € 27,77% Único
Pedro Martínez P-1815500B 1500,00 € 1000,00 € 66,66% Único
Íllora P-1810400J 4000,00 € 4000,00 € 100% Único
Benalúa de las Villas P-1802900I 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Las Gabias P-1808300F 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Loja P-1812300J 13073,30 € 2000,00 € 15,29% Único
Darro P-1806500C 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Baza P-1802400J 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Motril P-1814200J 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Montefrío P-1813700J 5000,00 € 2000,00 € 40% Único
Guadahortuna P-1809000A 2000,00 € 2000,00 € 100% Único
Salar P-1817400C 2500,00 € 1500,00 € 60% Único
Benalúa P-1802800A 4600,00 € 1760,00 € 41,31% Único
Fuente Vaqueros P-1808100J 1500,00 € 1500,00 € 100% Único
Purullena P-1817000A 1500,00 € 1500,00 € 100% Único
Marchal P-1812900G 1500,00 € 1500,00 € 100% Único
Iznalloz P-1810700C 1500,00 € 1500,00 € 100% Único
Cúllar P-1805700J 1000,00 € 1000,00 € 100% Único
Pinos Puente P-1816100J 11000,00 € 1000,00 € 9.09% Único
Importe total-DT Granada - 41.260,00 €

Anexo II

ENTIDADES LOCALES EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR  Y ATENCIÓN AL ALUMNADO INMIGRANTE. CURSO 2017/2018

ENTIDAD LOCAL SOLICITANTE CAUSA DE EXCLUSIÓN FUNDAMENTO JURÍDICO
Santa Fe Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011.
Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017
Huéscar Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011
Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017
La Zubia Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011
Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017
Almuñécar Crédito agotado
Artículo 5, punto 1: Orden de 15/abril/2011.
Artículo 5, párrafo primero: Resolución de 17/mayo/2017
Atarfe No presentar subsanación ORDEN de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad,
participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.
Art. 13. Subsanación de solicitudes.
Punto 3.º Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolución declarando el archivo de las solicitudes no subsanadas.
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