Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 18/12/2017

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 12 de diciembre de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándoles que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n. 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

1. Expte. CA/2017/939/AGMA/CAZ. Sebastián Romero Marín. Chiclana de la Frontera (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Cazar con artes prohibidas (2 hurones y 27 redes) sin autorización, habiendo capturado 5 conejos, en el paraje conocido como Urbanización Costa Ballena, en el t.m. de Chipiona (Cádiz). Los referidos hechos podrían ser constitutivo de la/s siguente/s infracción/es: El 1.º de los hechos constituye Infracción Administrativa tipificada como tal en el art. 74.10 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como grave y sancionable según los arts. 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. El 2.º de los hechos constituye Infracción Administrativa tipificada como tal en el art. 77.12 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como grave y sancionable según los arts. 77.12 y 82.2.b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 1.204 euros. Indemnización: 190 euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión de la autorización del aprovechamiento cinegético por un periodo de un mes a cinco años.

2. Expte. CA/2017/940/GC/EP. Joaquín Castillo Heredia. Paterna de la Rivera (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Cazar con artes prohibidas (una red de grandes dimensiones, un foco de grandes dimensiones y una batería) sin autorización, en el paraje conocido como Finca El Torno, en el t.m. de Jerez de la Frontera (Cádiz). Los referidos hechos podrían ser constitutivos de la/s siguente/s infracción/es: Infracción Administrativa tipificada como tal en el art. 74.10 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como grave y sancionable según los arts. 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 3.000 euros. Indemnización: 190 euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión de la autorización del aprovechamiento cinegético por un periodo de un mes a cinco años.

3. Expte. CA/2017/944/GC/ENP. José Luis Rivero Torres. Fuengirola (Málaga). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Dejar estacionado un vehículo (2890DGC) entre el ocaso y la salida del sol en el interior del Parque Natural del Estrecho, en el paraje conocido como Paraje Los Troncos, proximidades de Aldea de Bolonia, El Lentiscal, en el Espacio Protegido (del Estrecho), en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: Infracción tipificada como tal por el art. 26.1.i) de la Ley 2/89, de Inventario de ENP de Andalucía. Calificada como leve y sancionable según arts. 26.1.1) y 27.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 100 euros.

4. Expte. CA/2017/988/GC/CAZ. Antonio Macías Rodríguez. Medina Sidonia (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Captura de conejos con artes prohibidas (1 hurón y 3 redes huroneras) sin autorización y sin licencia de caza, habiendo capturado 1 conejo, en el paraje conocido como Arcén Carretera A-396, km 9, en el t.m. de Medina Sidonia (Cádiz). Los referidos hechos podrían ser constitutivos de la/s siguente/s infracción/es: El 1.º de los hechos constituye Infracción Administrativa tipificada como tal en el art. 74.10 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como grave y sancionable según los arts. 74.10 y 82.1.b) del mismo texto legal. El 2.º de los hechos constituye Infracción Administrativa tipificada como tal en el art. 77.7 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como grave y sancionable según los arts. 77.7 y 82.2.b) del mismo texto legal. El 3.º de los hechos constituye Infracción Administrativa tipificada como tal en el art. 77.12 de la Ley 8/2003, de la Flora y Fauna Silvestre, siendo calificada como grave y sancionable según los arts. 77.12 y 82.2.b) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 3.00 euros. Indemnización: 19 euros. Otras obligaciones no pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión de la autorización del aprovechamiento cinegético por un periodo de un mes a cinco años.

5. Expte. CA/2017/1009/GC/INC. Genoveva Gomar González. San Fernando (Cádiz). Acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador y formulación de cargos. Estacionar vehículo (2298BKZ) en zona o camino forestal, existiendo señal vertical que lo prohíbe, en el paraje conocido como Cala del Aceite (Pinar de Roche), en el t.m. de Conil de la Frontera (Cádiz). Los hechos referidos podrían ser constitutivos de la/s siguiente/s infracción/es: Infracción tipificada como tal por el art. 64.3 de la Ley de Prevención y Lucha Contra Incendios Forestales. Calificada como leve y sancionable según arts. 28 y 737.1.a) del mismo texto legal. Acuerdo: Dados los datos con que en la actualidad se cuenta en esta Delegación Territorial, los hechos que se imputan serían sancionables con: Multa: 100 euros.

Cádiz, 12 de diciembre de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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