Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 21/03/2017

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 14 de febrero de 2017, de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, dimanante de recurso de apelación civil núm. 861/2014. (PP. 621/2017).

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NIG: 2906742C1997E000217.

Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil 861/2014.

Asunto: 400971/2014.

Autos de: Menor Cuantía 265/1997.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga.

Negociado: LM.

Apelante: Ramón Cabezuelos.

Procuradora: Alicia Márquez García.

Abogado: Diego Pelaez Díaz.

Apelado: José Luis Mañas Castillo fallecido, herederos de Ángel Molina Flores y Oficina Liquidadora Central de Patronatos Casas.

EDICTO

Audiencia Provincial de Málaga núm. Cuatro.

Recurso: Recurso de apelación civil 861/2014.

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 46/2017

Audiencia Provincial Málaga.

Sección Cuarta Audiencia Provincial de Málaga.

Presidente: Ilmo. Sr. don Manuel Torres Vela.

Magistrados: Ilmos. Sres. don Joaquín Delgado Baena y doña M.ª ISabel Gómez Bermúdez

Rollo de apelación núm. 861/2014.

Juzgado de procedencia: Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga.

Juicio núm. 265/1997.

En la ciudad de Málaga, a veintisiete de enero de dos mil diecisiete.

Visto, por la Sección Cuarta Audiencia Provincial de Málaga, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el juicio de menor cuantía núm. 265/1997, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, Interpone recurso don Ramón Cabezuelos Rodríguez que en la instancia ha litigado como parte demandada y comparece en esta alzada representado por la Procuradora doña Alicia Márquez García y defendido por el Letrado don Diego Pelaez Díaz. Son partes recurridas don José Luis Mañas Castillo (fallecido), herederos de Ángel Molina Flores (en rebeldía) y Oficina Liquidadora Central de Patronatos Casas, que en la instancia ha litigado como parte demandante que comparece en esta alzada representado y defendido por el abogado del Estado.

Fallamos: Que desestimando el recurso de apelación planteado por la representación procesal de don Ramón Cabezuelos Rodríguez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución, imponiendo a la parte apelante las costas procesales originadas en esta alzada, que además perderá el depósito constituido.

Notificada que sea la presente resolución remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.

Así por esta nuestra Sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la parte apelada herederos de José Luis Mañas Castillo y herederos de Ángel Molina Flores, extiendo y firmo el presente en Málaga a catorce de febrero de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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