Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 28/04/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 20 de abril de 2017, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología por la que se da publicidad a la Instrucción de 20 de abril de 2017, para la correcta aplicación de la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016/2017, en el ámbito de las universidades públicas de Andalucía.

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El Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, ha introducido una nueva prueba de características semejantes a la hasta ahora vigente Prueba de Acceso a la Universidad y válida a los solos efectos de acceso a la universidad. La estructura de la nueva prueba se regula en la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016/2017.

La aplicación de esta orden no está siendo del todo uniforme en determinados aspectos, que ha creado incertidumbre en alumnado, profesorado y familias, según la comunidad autónoma con competencia en materias de universidades de que se trate. El pasado 11 de abril se ha publicado la Resolución de 21 de marzo de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, los alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, para el curso 2016-2017, en la que el propio ministerio clarifica dos aspectos sobre lo dispuesto en la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, permitiendo a alumnado perteneciente al ámbito de sus competencias, elegir tanto el idioma en la materia primera lengua extranjera como la modalidad por la que se presenta a la prueba. Todo ello, en consonancia con el propio texto articulado de la citada Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, en cuyo artículo 3 se establece lo siguiente: «Las pruebas versarán sobre las materias generales del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso de la modalidad elegida para la prueba…». De un lado, considera que las pruebas versan sobre las materias que se ofertan como asignaturas troncales de segundo curso de bachillerato, que en el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía el alumnado ha podido elegir como primera lengua extranjera cualquiera entre: alemán, francés, italiano, inglés o portugués, y de otro, que el alumnado puede elegir la modalidad de bachillerato por la que se presentará a la prueba.

En uso de las atribuciones que, a tenor de lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y el Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, tengo conferidas,

RESUELVO

Dar publicidad a la Instrucción de 20 de abril de 2017, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, para la correcta aplicación de la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016/2017, en el ámbito de las universidades públicas de Andalucía.

Sevilla, 20 de abril de 2017.- El Secretario General, Manuel Torralbo Rodríguez.

INSTRUCCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA PARA LA CORRECTA APLICACIÓN DE LA ORDEN ECD/1941/2016, DE 22 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE DETERMINAN LAS CARACTERÍSTICAS, EL DISEÑO Y EL CONTENIDO DE LA EVALUACIÓN DE BACHILLERATO PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD, LAS FECHAS MÁXIMAS DE REALIZACIÓN Y DE RESOLUCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN DE LAS CALIFICACIONES OBTENIDAS, PARA EL CURSO 2016/2017, EN EL ÁMBITO DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA

El Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, ha introducido una nueva prueba de características semejantes a la hasta ahora vigente Prueba de Acceso a la Universidad y válida a los solos efectos de acceso a la universidad. La estructura de la nueva prueba se regula en la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2016/2017.

El pasado 11 de abril se ha publicado la Resolución de 21 de marzo de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, los alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, para el curso 2016-2017, en la que el propio ministerio clarifica dos aspectos sobre lo dictado en la Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, que no están siendo interpretado de la misma manera por las comunidades autónomas con competencias en materia de universidades, y que está creando incertidumbre entre alumnado, profesorado y familias. La citada resolución permite, en primer lugar, al alumnado del ámbito de sus competencias elegir el idioma en la materia primera lengua extranjera y, en segundo lugar, la modalidad por la que se presenta a la prueba. Todo ello en consonancia con el propio texto articulado de la, ya referida, Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, en cuyo artículo 3 se establece que: «Las pruebas versarán sobre las materias generales del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso de la modalidad elegida para la prueba…». De un lado, considera que las pruebas versan sobre las materias que se ofertan como asignaturas troncales de segundo curso de bachillerato, que en el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía el alumnado ha podido elegir como primera lengua extranjera cualquiera entre: alemán, francés, italiano, inglés o portugués, y de otro, que el alumnado puede elegir la modalidad de bachillerato por la que se presentará a la prueba.

Por ello, y con objeto de que el alumnado sea tratado en este procedimiento con los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad, desde la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, se dicta la siguiente instrucción.

Primero. El alumnado que se presente a la prueba de evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad en el curso 2016/2017, podrán elegir el idioma extranjero por el que realizarán la prueba de entre uno de los siguientes: alemán, francés, italiano, inglés o portugués.

Segundo. El alumnado que se presente a la prueba de evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad en el curso 2016/2017, podrán elegir, cuando se inscriban en la misma, la modalidad por la que desean realizar la prueba.

El Secretario General de Universidades, Investigación y Tecnología, Manuel Torralbo Rodríguez.

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