Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de abril de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de autos núm. 1114/2016. (PP. 1303/2017).

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NIG: 2906742C20140038200.

Procedimiento: Liquidación regímenes económico matrimoniales 1114/2016. Negociado: MA.

Sobre: División y liquidación de régimen económico matrimonial.

De: Don Fernando García de Lucchi.

Procuradora: Sra. Blanca de Lucchi López.

Contra: Doña María Dolores Díaz Hidalgo.

EDICTO

En el presente procedimiento de liquidación regímenes económico matrimoniales núm. 1114/2016, seguido a instancia de don Fernando García de Lucchi frente a doña María Dolores Díaz Hidalgo se ha dictado Decreto de fecha 27 de marzo de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal es el siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo. Tener por liquidada la Sociedad de Gananciales existente entre los cónyuges don Fernando García de Lucchi con DNI 24.888.432-V y doña María Dolores Díaz Hidalgo con DNI 25.569.279-H, conforme a la propuesta de liquidación de fecha 8.3.2016, que se acompañó al escrito de demanda de fecha registro 10.7.2016, presentado por la procuradora doña Blanca de Lucchi López en nombre y representación de don Fernando García de Lucchi, adjudicándose a cada uno de los cónyuges los respectivos bienes en los términos que se exponen en la misma, si bien se rectifica el párrafo tercero del punto 6) de su propuesta en el sentido de corresponder a cada cónyuge la mitad del haber ganancial ascedente a la cantidad de 781.850 € en lugar de los 781.830 € que aparece en su propuesta.

Contra esta resolución cabe recurso de revisión ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 454 bis de la LEC).

Y encontrándose la demandada, doña María Dolores Díaz Hidalgo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al misma.

En Málaga, a veintiséis de abril de dos mil diecisiete.- El/La letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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