Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 15/02/2018

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Ayuntamientos

Anuncio de 5 de febrero de 2018, del Ayuntamiento de Cortegana, sobre resumen no técnico del contenido del estudio de impacto ambiental de la Revisión Pacial PGOU 2012. Adaptación Parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias Municipales de Cortegana y su validez respecto al cumplimiento de la exigencia de someterlo a Evaluación Ambiental Estratégica. (PP. 392/2018).

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La Revisión Parcial del PGOU 2012 de Cortegana, al constituir una actuación sometida a los Instrumentos de Prevención y Control Ambiental, de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley GICA), se regirá por la misma y la modificación establedica por el Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, por el que se modifican las Leyes 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía, 9/2010, de 30 de julio (BOJA 48/2015, de 11 de marzo), en su artículo 36 modificado establece que el procedimiento de prevención ambiental es el de Evaluación Ambiental Estratégica. En su artículo 40.2, apartado a) establece que se encuentran sometidos a Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria los instrumentos de planeamiento General así como sus Revisiones Totales o Parciales. Por tanto el trámite se realizará por procedimiento ordinario.

El presente documento pretende ser un Texto Refundido que recoja todas las determinaciones establecidas por el documento de Estudio de Impacto Ambiental y sus adendas y subsanaciones derivadas de la tramitación del mismo, con la incorporación de los informes emitidos por los organismos competentes, redactado por el equipo integrante de la consultaroria Civile y las nuevas determinaciones para adaptarlas a la modalidad de Evaluación Ambiental Estratégica, determinada por el Decreto-ley 3/2015, redactadas por los Servicios Técnicos Municipales del Ayuntamiento de Cortegana.

Para que el documento contenga la estructura mínima establecida por la Ley 7/2007 de 9 de julio, conforme a su modificación por el Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, se ha seguido el índice expuesto en el Anexo II apartado B) Estudio Ambiental Estratégico de los Instrumentos de Planeamiento. Urbanístico.

1. Descripción de las determinaciones del planeamiento.

En este apartado se han completado sus apartados, mejorando las determinaciones del estudio ambiental tramitado sobre todo en cuanto a la exposición de los objetivos del planeamiento, localización de infraestructuras y usos globales en el territorio y muy especialmente el estudio de alternativas ambientales técnicamente viables, en el que se han analizado tres alternativas para el suelo no urbanizable y tres para el suelo urbano siendo una de ellas la alternativa 0, es decir, hemos comprobado que las soluciones propuestas mejoran las condiciones ambientales de las existentes, siendo el estudio lo suficientemente amplio para poder establecer que la alternativa seleccionada es la más adecuada.

2. Estudio y análisis ambiental del territorio.

En este apartado se han completado las determinaciones del estudio de impacto ambiental con las adendas de subsanación promovidas por el Informe previo de valoración ambiental.

Identificación y valoración de impactos. En este apartado se han completado las determinaciones del estudio de impacto ambiental con las adendas de subsanación promovidas por el Informe previo de valoración ambiental, destacándose la incorporación de las fichas del estudio de alternativas diferenciadas por factores ambientales con las valoraciones para la selección de la alternativa ambiental más favorable y el apartado de incidencia del planeamiento en el Cambio Climático.

3. Establecimiento de medidas de protección y corrección ambiental del planeamiento.

Al igual que en los apartados anteriores se completa el mismo con las adendas de subsanación de errores. Destacándose la incorporación del cuadro de incidencia del planeamiento en el cambio climático, especificando las medidas específicas relativas a la mitigación y adaptación al cambio climático.

4. Plan de control y seguimiento del planeamiento.

Se cumplimentan los errores del estudio de impacto ambiental tramitado.

5. Síntesis.

Se añade el presente apartado en el que se establece un resumen fácilmente comprensible de:

a) Los contenidos del planeamiento y de la incidencia ambiental analizada.

El plan de control y seguimiento del desarrollo ambiental del planeamiento.

- A estos puntos se le añaden los anexos de:

- Anexo Cartográfico

- Anexo Informe Histórico de Situación de Suelos Contaminados. Valdelamusa. Cortegana (Huelva).

- Anexo Estudio de Zonificación Acústica del territorio afectado por el planeamiento.

Este anuncio estará expuesto en el BOJA durante 45 días hábiles de conformidad con la Ley 7/2007, de 9 de julio, conforme a su modificación por el Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo, plazo durante el cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar alegaciones al documento.

Cortegana, 5 de febrero de 2018.- El Alcalde, José Enrique Borrallo Romero.

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