Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 11/11/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 31 de octubre de 2019, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Oficial Mayor del Ayuntamiento de Sevilla mediante el sistema de libre designación.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00164697.

Vacante el puesto de trabajo de Oficial Mayor, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, por dicha Entidad se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante Resolución de Alcaldía de fecha 10 de octubre de 2019, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, los artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y por el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local esta Dirección General de Administración Local

R E S U E L V E

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Oficial Mayor del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con las características que a continuación se indican:

Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

Denominación y clase del puesto: Oficial Mayor.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 65.204,51 euros anuales.

Requisitos para su desempeño: Subescala Secretaría, categoría superior.

Sistema de provisión: Libre designación.

Requisitos de los aspirantes.

1. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría, categoría superior.

2. No podrán participar en la convocatoria los funcionarios que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

- Los funcionarios destituidos, a puestos de la Corporación donde se produjo la sanción, si no hubiera transcurrido el plazo establecido en la misma.

- Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 89.1 a) y b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

- Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que lo hagan a puestos reservados a su subescala y categoría en la misma Corporación.

Resolución del procedimiento.

La solicitud para participar en el presente procedimiento deberá dirigirse a la Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en Plaza de San Sebastián, núm. 1, Edificio Estación de Autobuses del Prado de San Sebastián, 41004 Sevilla, Registros Auxiliares del Ayuntamiento de Sevilla, o cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y que no incurre en ninguna de las causas que impiden la participación en la convocatoria, e irá acompañada de la relación de méritos profesionales y académicos en las que consten títulos, años de servicios, puestos desempeñados en la Administración Pública, estudios, cursos de formación recibidos y/o impartidos, publicaciones así como cualquier otro mérito que estime oportuno poner de manifiesto.

Los méritos alegados se acreditarán mediante la presentación de documentos públicos administrativos originales o copias debidamente compulsadas de los mismos. A estos efectos, los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al que se refieren las presentes bases, comportarán la plena aceptación de las mismas.

Junto a las especificaciones indicadas con anterioridad, para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, se tendrá especialmente en cuenta, el cumplimiento de los siguientes requisitos debidamente documentados:

A) Experiencia acreditada en el desempeño de puestos de trabajo de Secretaría en municipios con población superior a 50.000 habitantes, así como en puestos de colaboración pertenecientes a la Subscala de Secretaría, categoría superior en municipios con régimen de organización y funcionamiento de municipios de gran población contemplado en el Título X de la LBRL y con población superior a 500.000 habitantes.

B) Acreditación de formación recibida y/o impartida en áreas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria, y en particular en materia de gestión pública local, recursos humanos, administración electrónica y/o transparencia.

Admisión de aspirantes.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes la Dirección General de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as  que se expondrá en la página web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, estableciéndose un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.

La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones o subsanaciones. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará igualmente en el medio indicado.

Realizado lo anterior, el Presidente de la Corporación, procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Hacienda y Función Pública para su anotación en el Registro correspondiente y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Normativa supletoria.

En todo aquello que no este previsto en las presentes bases será aplicable el Real Decreto 128/29018, de 16 de marzo , por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.

Sevilla, 31 de octubre de 2019.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

Descargar PDF