Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Acuerdo de 17 de diciembre de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónico de ámbito local al Ayuntamiento de Rociana del Condado (Huelva). (PP. 3187/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00167151.

Por Decreto 174/2002, de 11 de junio, se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios. La Orden de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de la Presidencia, desarrolla el procedimiento de concesión de dichas emisoras a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, deroga expresamente el citado Decreto 174/2002, de 11 de junio, a excepción de los artículos 29, 30, así como los apartados 1 a 4 del artículo 17 y los apartados 1 a 4 del artículo 31; asimismo deroga parcialmente la citada Orden de 10 de febrero de 2003. Por otra parte, esta ley no establece ningún periodo transitorio o de adaptación a la misma, por lo que resulta aplicable en toda su extensión a la presente concesión.

El Real Decreto 964/2006, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Plan técnico nacional de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, establece las características técnicas de las emisoras correspondientes a las Corporaciones Locales.

El Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico, regula el procedimiento para la aprobación del proyecto técnico y la autorización para la puesta en servicio de estaciones radioeléctricas.

Al amparo del régimen jurídico citado, por el Ayuntamiento de Rociana del Condado se ha solicitado la concesión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal, acompañada de la documentación exigida en el artículo 3 de la citada Orden de 10 de febrero de 2003.

Por la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior se ha incorporado la reserva provisional de frecuencia y las restantes características técnicas que ha de cumplir la emisora, conforme a los requisitos previstos en el artículo 4 de la citada orden.

A propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 17 de diciembre de 2019,

ACUERDA

Primero. Otorgar al Ayuntamiento de Rociana del Condado la concesión para la prestación del servicio público de comunicación audiovisual radiofónico de ámbito local, con las características técnicas que se indican en el anexo al presente acuerdo.

Segundo. El plazo de vigencia de la concesión es de quince años, a contar desde la notificación del presente acuerdo, y podrá renovarse a petición del concesionario.

Tercero. El otorgamiento de la concesión, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se formalizará mediante la firma del correspondiente contrato de concesión de servicios.

Cuarto. La frecuencia y características autorizadas a la emisora tienen el carácter de reserva provisional, hasta tanto no se aprueben definitivamente, en aplicación del procedimiento previsto en la normativa vigente.

Quinto. Corresponderá a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior la ejecución de los actos derivados del presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos de este orden jurisdiccional, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de diciembre de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ELÍAS BENDODO BENASAYAG

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior

ANEXO

Provincia Municipio F(MHz) Longitud Latitud Cota Hefx p.r.a.H. p.r.a.V. P D
HUELVA Rociana del Condado 107.7 06W3554 37N1829 98 37,5 0,025 0,025 M N

Leyenda de las características técnicas:

F(MHz): Frecuencia de emisión, en megahercios.

Longitud: Longitud geográfica genérica del emplazamiento del transmisor (datum ETRS89).

Latitud: Latitud geográfica genérica del emplazamiento del transmisor (datum ETRS89).

Cota: Altitud genérica del emplazamiento del transmisor sobre el nivel del mar, en metros.

Hefx: Altura efectiva máxima de la antena sobre el nivel medio del terreno entre 3 y 15 km, en metros.

p.r.a.H.: Potencia radiada aparente máxima de la componente horizontal, en kilovatios.

p.r.a.V.: Potencia radiada aparente máxima de la componente vertical, en kilovatios.

P: Polarización de la emisión; horizontal (H), vertical (V), mixta (M).

D: Diagrama de radiación de la antena en el plano horizontal; directiva (D), no directiva (ND).

Descargar PDF