Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 08/07/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 1 de julio de 2020, del Instituto Andaluz de la Mujer, de ampliación de las delegaciones de firma recogidas en la Resolución de 18 de junio de 2020, por la que se delegan competencias en la Secretaría General del Instituto Andaluz de la Mujer y se establecen delegaciones de firma en otros órganos.

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Por Resolución de 18 de junio de 2020 (BOJA núm. 120, de 24 de junio de 2020), del Instituto Andaluz de la Mujer, se delegan competencias en la Secretaría General del Instituto Andaluz de la Mujer y se establecen delegaciones de firma en otros órganos.

Con la presente resolución se procede a la ampliación de las delegaciones de firma atribuidas a las Jefaturas de Servicio, Gabinete de Estudios y Programas de los servicios centrales del Instituto Andaluz de la Mujer y a las Jefaturas de los Servicios de Coordinación de los Centros Provinciales de la Mujer en la Resolución de 18 de junio de 2020.

Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 108 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

HE RESUELTO

Primero. Delegación de firma en las Jefaturas de Servicio y en el Gabinete de Estudios y Programas de los servicios centrales del Instituto Andaluz de la Mujer.

En materia de subvenciones, se delega en las Jefaturas de Servicio y en el Gabinete de Estudios y Programas la firma de las propuestas de justificación de libramientos expedidos, así como la certificación acreditativa de la realización de la actividad o de la inversión objeto de la ayuda y de la aplicación de la subvención a la finalidad para la que se concedió.

Segundo. Delegación de firma en las Jefaturas de los Servicios de Coordinación de los Centros Provinciales de la Mujer.

En materia de subvenciones, se delega en las Jefaturas de los Servicios de Coordinación de los Centros Provinciales de la Mujer la firma de las propuestas de justificación de libramientos expedidos, así como la certificación acreditativa de la realización de la actividad o de la inversión objeto de la ayuda y de la aplicación de la subvención a la finalidad para la que se concedió.

Tercero. Eficacia.

La presente resolución desplegará sus efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de julio de 2020.- La Directora, Laura Fernández Rubio.

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