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En aplicación de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a quien seguidamente se menciona resolución de pérdida de derecho al cobro de subvenciones, cuyo contenido se indica someramente a continuación, la cual no ha podido ser notificada en la forma prevista en el art. 44:
Núm. de expediente: Expte. 69/620/2015/1.
CIF: G78432697.
Contenido del acto: Declarar la pérdida del derecho de cobro del 100% de la subvención concedida a la entidad Asociación «Colectivo La Calle», por importe de 3.850,38 €, en relación al expediente núm. 69/620/2015/1, para la línea de actuación de «Programas de Acción Social» dentro del Sector Drogodependencias, debiendo observarse en la tramitación del procedimiento, las formalidades y garantías contenidas en la legislación vigente.
Cádiz, 17 de septiembre de 2020.- La Delegada, Isabel Paredes Serrano.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.»
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