Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 25/11/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 19 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Comercio, por la que se aprueba la redistribución de créditos presupuestarios asignados a la convocatoria de subvenciones, para el ejercicio 2020, a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las Pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00181672.

Con fecha 1 de julio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (número 125), la Resolución de 26 de junio de 2020, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan para el ejercicio 2020, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

En el apartado sexto de la resolución, relativo a la financiación de la convocatoria, se distribuyen los créditos disponibles en atención a los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad previstos en la orden. Asimismo, en el punto 4 de dicho apartado se establece que en caso de que exista un excedente de crédito en alguno de los ámbitos territoriales o funcionales de competitividad, y una carencia en alguno de los restantes, a la vista del número de solicitudes recibidas que reúnen los requisitos para ser beneficiarias, podrá realizarse una nueva redistribución entre los ámbitos restantes, debiendo ser formulada mediante resolución motivada de esta Dirección General que se hará pública en los mismos medios que la citada resolución de convocatoria.

Una vez analizadas por los distintos órganos instructores las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria en cada uno de los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad, y tras el oportuno trámite de subsanación de las mismas, se está en disposición de redistribuir el crédito inicialmente asignado, con el fin de dar cobertura al mayor número posible de solicitudes presentadas con el excedente de crédito existente respecto a la distribución inicial.

Del estudio previo de las solicitudes se desprende que en algunos de los ámbitos funcionales de competitividad financiados con cargo a la aplicaciones presupuestarias 1400010000 G/76A/ 77400/00/0001 (que financia los proyectos B y C destinados a pymes comerciales ) y la aplicación 1400010000 G/76A/ 77402/00/0001 (que financia los proyectos B y C destinados a pymes artesanas), existe un excedente de crédito, mientras que en otros de los ámbitos funcionales financiados con cargo a la misma aplicación hay necesidades de crédito para atender todas las solicitudes admitidas. Atendiendo al crédito global distribuido territorialmente en dichas aplicaciones existe crédito adecuado en las anualidades para atender un número mayor de solicitudes.

Concretamente, tras el análisis de las solicitudes recibidas para el desarrollo de proyectos de modalidad C (proyectos de expansión), se comprueba que tanto en el caso de pymes comerciales como en el de pymes artesanas, existe un excedente de crédito que puede ser asignado a los proyectos de modalidad B destinados a la modernización de las pymes comerciales y artesanas, en el que existe un mayor número de solicitudes. La redistribución que se realiza respeta el importe total asignado a cada provincia para el desarrollo de los proyectos B y C, de tal modo que el crédito excedente de la modalidad C se asigna a los proyectos B de la misma provincia, tanto en el caso de pymes comerciales como en el de pymes artesanas.

En su virtud, de conformidad con el Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, y la disposición adicional única de la Orden de 20 de octubre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a impulsar el Asociacionismo Comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de Centros Comerciales Abiertos (modalidad ASC-CCA),

RESUELVO

Primero. Modificar la distribución de crédito disponible para cada ámbito territorial efectuada mediante Resolución de 1 de julio de 2020, entre los ámbitos funcionales de competitividad destinados a la financiación de las modalidades B y C, quedando la distribución del siguiente modo:

a) Ámbito funcional Pymes comerciales. Se redistribuye el crédito total asignado inicialmente a cada provincia en la resolución de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 1400010000 G/76A/ 77400/00/0001, entre las modalidades B y C, quedando del siguiente modo:

MODALIDAD B MODALIDAD C
2020 2021 TOTAL 2020 2021 TOTAL
ALMERÍA 298.523,00 194.406,00 492.929,00 24.290,00 24.290,00 48.580,00
CÁDIZ 422.059,00 267.630,00 689.689,00 56.746,00 56.746,00 113.492,00
CÓRDOBA 304.776,00 181.401,00 486.177,00 77.743,00 77.743,00 155.486,00
GRANADA 330.357,00 196.629,00 526.986,00 84.270,00 84.270,00 168.540,00
HUELVA 190.870,00 122.849,00 313.719,00 20.026,00 20.026,00 40.052,00
JAÉN 257.957,00 167.762,00 425.719,00 21.691,00 21.691,00 43.382,00
MÁLAGA 543.959,00 368.517,00 912.476,00 233.126,00 157.935,00 391.061,00
SEVILLA 830.804,00 559.459,00 1.390.263,00 10.500,00 10.500,00 21.000,00
TOTAL 3.179.305,00 2.058.653,00 5.237.958,00 528.392,00 453.201,00 981.593,00

b) Ámbito funcional Pymes artesanas. Se redistribuye el crédito total asignado inicialmente a cada provincia en la resolución de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 1400010000 G/76A/ 77402/00/0001, entre las modalidades B y C, quedando del siguiente modo:

MODALIDAD B MODALIDAD C
2020 2021 TOTAL 2020 2021 TOTAL
ALMERÍA 34.166,00 13.850,00 48.016,00 0,00 0,00 0,00
CÁDIZ 120.854,00 39.042,00 159.896,00 16.732,00 16.732,00 33.464,00
CÓRDOBA 125.495,00 45.606,00 171.101,00 8.858,00 8.858,00 17.716,00
GRANADA 115.425,00 46.790,00 162.215,00 0,00 0,00 0,00
HUELVA 52.634,00 21.336,00 73.970,00 0,00 0,00 0,00
JAÉN 67.408,00 27.326,00 94.734,00 0,00 0,00 0,00
MÁLAGA 74.333,00 30.133,00 104.466,00 0,00 0,00 0,00
SEVILLA 127.429,00 51.657,00 179.086,00 0,00 0,00 0,00
TOTAL 717.744,00 275.740,00 993.484,00 25.590,00 25.590,00 51.180,00

Segundo. La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de noviembre de 2020.- El Consejero, P.D. (Orden de 7.5.2020, BOJA extraordinario núm. 24, de 11.5.2020), la Directora General de Comercio, Lorena Garrido Serrano.

Descargar PDF