Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 26/11/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de octubre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, dimanante de autos núm. 1146/2016. (PP. 2657/2020).

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NlG: 2906942C20160010267.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1146/2016. Negociado: 01.

Sobre: Obligaciones.

De: Santander Consumer EFC, S.A.

Procurador: Sr. Fernando Gómez Robles.

Contra: Ian Kanneth Wilmoti y Anthony James Collins.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por Santander Consumer EFC, S.A., frente a Ian Kanneth Wilmott y Anthony James Collins, y, en su consecuencia, condeno a las demandadas a abonar al actor la suma de doce mil ciento setenta y ocho euros con setenta y siete céntimos de euro (12.178,77 €), más intereses legales desde la reclamación judicial inicial, todo ello con expresa condena de costas del procedimiento a la parte demandada, por ser así de justicia que atenta y respetuosamente pido. Notifíquese a las partes. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación.»

Y como consecuencia del ignorado paradero de Ian Kanneth Wilmott y Anthony James Collins, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de la sentencia dictada.

Marbella, a quince de octubre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a caboprevia disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y conpleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de laspersonas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas operjudicados, cuandoproceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados confines contrarios a las leyes.»

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