Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 21/01/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 14 de enero de 2022, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se anuncian y aprueban las bases en segunda convocatoria para cubrir la plaza de Directivo para la Dirección de Asesoría Jurídica tras haber quedado desierta la ofertada en Resolución de 27 de octubre de 2021.

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La Agencia Pública Andaluza de Educación convoca proceso selectivo en segunda convocatoria para la provisión del puesto directivo para la Dirección de Asesoría Jurídica de la Agencia Pública Andaluza de Educación, que se encuentra vacante. Al ser puesto de personal directivo, la convocatoria y su contratación se ajustará tanto a lo dispuesto en el Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público, así como a la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia, por la que se aprueban directrices al sistema de acceso y evaluación del desempeño del personal laboral que ejerce funciones Directivas Profesionales en el sector publico instrumental andaluz.

El puesto requiere estar en posesión de la titulación universitaria de Derecho y acreditar un mínimo de dos años de experiencia en el desempeño de funciones directivas. El requisito de un año de experiencia en el ámbito del sector público no será exigible por ofertarse la plaza en segunda convocatoria.

Asimismo, siendo la Agencia Pública Andaluza de Educación una entidad del sector público que tiene como sus finalidades principales la contratación de bienes y servicios, es de elevado interés en este proceso de selección la comprobación de formación y capacidades que deben poseer las personas aspirantes a estos puestos en el ámbito de la contratación pública.

La provisión del puesto respetará los principios de igualdad, mérito y capacidad y responderá a criterios de idoneidad, garantizando la publicidad y concurrencia.

1. Características del puesto. Funciones.

Por las características del puesto se requiere, siendo imprescindible, estar en posesión de la titulación universitaria de Derecho, con amplios conocimientos jurídicos en materia de contratación pública. Dirigir y coordinar a su nivel y en su ámbito todas las funciones y competencias asignadas a la Agencia y aquellas otras que le han sido delegadas por la Dirección General. Asimismo, se incluyen dirigir la Asesoría Jurídica de la Agencia, Dirección letrada, coordinación y supervisión de los expedientes judiciales que afecten a la Agencia, asesoramiento jurídico a la Dirección General así como al resto de Direcciones y Gerencias de la Agencia, y órganos de contratación. Redacción y elaboración de diferente documentación en el ámbito jurídico, participación como asesor jurídico en mesas de contratación, evaluación y valoración de los riesgos jurídicos en los ámbitos de actuación de la Agencia así como la vigilancia de las obligaciones legales en dichas actuaciones. Trazar la estrategia de la defensa legal de la Agencia en las diferentes actuaciones que son de su competencia. Coordinación de trámites en registros, notarias y juzgados, así como todas aquellas tareas inherentes al puesto de trabajo.

2. Régimen de contratación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.4 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, estarán sometidas a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, respetando los límites salariales establecidos en las correspondientes Leyes de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Retribución anual fija: 56.126,88 €/anuales.

Retribución anual variable: Importe anual máximo del 10% de las retribuciones establecidas en las Leyes de Presupuestos.

Antigüedad: Cuando se trate de personal funcionario o laboral, con una relación preexistente de carácter fijo e indefinido en el sector público andaluz, generarán derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de su celebración, los trienios o complementos de antigüedad equivalente en la misma cuantía que se viniera percibiendo en la Institución, Consejería, Agencia, sociedad mercantil, Fundación, Consorcio o Universidad de procedencia.

En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

3. Requisitos de las personas aspirantes.

Los candidatos deberán poseer:

a) Titulación universitaria en Derecho. Requisito imprescindible.

b) Experiencia de dos años de experiencia en el desempeño de funciones directivas.

c) Acreditar tener el perfil competencial mínimo técnico específico requerido que se requiere para el acceso al puesto.

d) Cumplir con los requisitos generales de participación en procesos selectivos para el acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

e) Capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las funciones del puesto de Alta Dirección.

f) Disponibilidad permanente para viajar. Imprescindible vehículo propio.

Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión de la plaza.

4. Capacidades y experiencia necesarias.

- Altas capacidades y competencias en habilidades directivas, tanto profesionales como de dirección de personas.

- Amplios conocimientos jurídicos en materia de Contratación Pública, en expedientes de la jurisdicción Contencioso-Administrativo, así como experiencia en la gestión de departamentos de Asesoría Jurídica.

- Habilidades organizativas, acostumbrado a la toma de decisiones y con gran capacidad resolutiva.

- Habilidades sociales y de comunicación, así como capacidad de interlocución con organismos públicos y privados que tengan relación con la Comunidad Educativa.

- Experiencia de dos años de experiencia en el desempeño de funciones directivas.

5. Solicitud.

Las personas interesadas tendrán un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA de esta convocatoria para remitir la solicitud a la atención del Director General.

Las solicitudes y documentación adjunta deberán presentarse en un único fichero en formato pdf a la dirección de correo electrónico

procesorrhh.agenciaedu@juntadeandalucia.es

todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía. De presentarse ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que sean fechadas y selladas las solicitudes antes de ser certificadas. De no ser así, no podrán considerarse como presentadas en esa fecha.

Las solicitudes se presentarán mediante un escrito en el que la persona aspirante deberá motivar su presentación a la convocatoria. Asimismo, deberá acompañarse de copia del DNI, copia de la titulación universitaria, cursos y méritos alegados en dicha carta, CV, Certificado de vida laboral y contratos de trabajo que justifiquen la contratación como Directivo.

Serán excluidas del proceso de selección todas las personas aspirantes que no reúnan los requisitos de participación exigidos en las presentes bases de la convocatoria o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o hayan incumplido los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación provisional de personas solicitantes admitidas y no admitidas con indicación, en su caso, de la causa de no admisión, concediéndose un plazo de tres días hábiles desde su publicación para realizar las alegaciones que se estimen oportunas.

Una vez transcurra dicho plazo, se publicará la lista definitiva de las personas trabajadores aspirantes.

Una vez hecho público el resultado del procedimiento selectivo, se abrirá un plazo de tres días hábiles desde la publicación para que las personas interesadas formulen las alegaciones que estimen oportunas.

6. Lugares de publicación de la convocatoria.

Esta convocatoria se publicará en la página web de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en la página de Publicidad activa de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La información relativa al proceso que deba comunicarse a las personas que participen en el proceso o a las interesadas en el mismo, se realizará a través de la página web de la Agencia.

7. Proceso de selección.

En la valoración de las personas aspirantes se atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad y adecuación a perfil profesional de la persona candidata, en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.

La idoneidad de las personas aspirantes definitivamente admitidas será evaluada, de acuerdo con los méritos acreditados por las mismas.

La Dirección General nombra a la siguiente Comisión de Evaluación de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, que estará compuesto por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por una persona representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad, cuya función será la de evaluar los perfiles presentados en base al procedimiento que se detalla en este apartado:

Presidente: Don Manuel Lara Jiménez.

Suplente: Don Diego Talavera Sánchez.

Secretario: Don José Joaquín Real Heredia.

Suplente: Don Alfonso Lainez Castillo.

Vocal: Don Baltasar Quintero Álvarez.

Suplente: Doña Consolación Anaya Montoya.

Vocal: Don Carlos Zurera Muñoz.

Suplente: Don Ángel Estepa Montes.

Vocal: Don Alberto Barrada Avis.

Suplente: Doña Encarnación Benítez Clavero.

La Comisión de Evaluación quedará facultada para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, y para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuaran con voz pero sin voto.

El proceso de selección se valorará sobre un máximo de 100 puntos constando ésta de 3 partes consistentes en: Examen que podrá alcanzar hasta 65 puntos, una valoración de méritos que podrá alcanzar hasta 25 puntos, y una entrevista personal que podrá otorgar hasta un máximo de 10 puntos.

1. El examen se dividirá en dos partes:

1. Test Psicotécnico (30 puntos): Donde se valorará la capacidad del candidato en cuanto a agilidad numérica, razonamiento numérico, capacidades verbales, razonamiento abstracto, etc. 50 preguntas tipo test donde sumará 0,60 puntos cada pregunta bien contestada, restará -0,15 puntos cada pregunta errónea y 0 puntos las no contestadas. Se considerará superada la prueba por aquellos candidatos que obtengan al menos 15 puntos.

2. Prueba de conocimiento (35 puntos): En esta prueba se valorarán los conocimientos sobre:

- Ley 9/2017, de Contratos Públicos.

- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo.

- Ley 38/2013, de Subvenciones.

- Decreto 39/2011, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.

- Estatutos de la Agencia.

- Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La prueba consistirá en 50 preguntas tipo test sobre la normativa indicada, y que se irán sumando de manera acumulativa hasta un máximo de 35 puntos. Sumará 0,70 cada pregunta bien contestada, restará -0,175 cada pregunta contestada de manera errona y 0 puntos la no contestada. Se considerará superada la prueba por aquellos candidatos que obtengan al menos 17,5 puntos.

Para acceder a la siguiente fase se requiere la superación de las dos pruebas.

2. Valoración de méritos y experiencia profesional (máximo 25 puntos):

Experiencia profesional y méritos (máximo 10 puntos):

a) Se valorará con un máximo de 10 puntos la experiencia profesional en el desempeño de cargo Directivo con la Titulación de Derecho, tanto en el ámbito privado como en el sector público, debiendo de acreditar los solicitantes la ocupación como cargo Directivo con funciones similares al que se concursa.

1 punto por cada año completo de experiencia ejerciendo la función de Directivo con la titulación de Derecho. Para los periodos inferiores a un año se tendrá en cuenta la parte proporcional.

Para acreditar la experiencia se deberá de aportar certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social y contrato de trabajo como Directivo detallando las funciones realizadas.

b) Titulaciones académicas (máximo 15 puntos):

Titulación universitaria: 2,5 puntos hasta un máximo de 7,5 puntos, por cada Titulación Universitaria Oficial (nivel mínimo 2 meses), distinta de la aportada como requisito de acceso. Deberá de estar reconocida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades o por el antiguo Ministerio de Educación. Se aportará Título Oficial emitido por el Ministerio de Educación o abono de tasas para la obtención del mismo.

Máster:

2,5 puntos por estar en posesión de MBA. El titulo deberá ser oficial y estar reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Se aportará Título Oficial emitido por el Ministerio de Educación o abono de tasas para la obtención del mismo.

2,5 puntos por estar en posesión de Máster en Asesoría Jurídica. El titulo deberá ser oficial y estar reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Se aportará Título Oficial emitido por el Ministerio de Educación o abono de tasas para la obtención del mismo.

2,5 puntos por estar en posesión de Máster en Gestión Pública. El titulo deberá ser oficial y estar reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Se aportará Título Oficial emitido por el Ministerio de Educación o abono de tasas para la obtención del mismo.

Se podrá solicitar a los candidatos en cualquier momento del proceso selectivo, incluso una vez concluido, la aportación de cualquier documentación original adicional que acredite tanto la experiencia profesional como titulaciones académicas, así como contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas. De la misma manera, se podrá solicitar aclaraciones o cualquier documentación adicional que se considere precisa para una ajustada valoración. La aportación de documentación por parte de los solicitantes que no sea veraz, esté manipulada o sea falsa dará lugar a la expulsión automática del proceso selectivo, sin perjuicio de las acciones legales que pueda adoptar la Comisión de Selección o la Agencia Pública Andaluza de Educación.

3. Entrevista personal (máximo 10 puntos): En esta fase se valorarán varios aspectos personales necesarios para el desarrollo del puesto, que serán los que a continuación se determinan:

- Vocación de servicio público.

- Liderazgo.

- Iniciativa.

- Planificación.

- Inteligencia Social.

- Comunicación.

- Visión Estratégica.

- Empatía.

- Creatividad.

- Tolerancia a la presión y a la incertidumbre.

Las fechas en las que se vayan convocando estas pruebas se anunciarán en la página web de la Agencia con una antelación mínima de 2 días.

Una vez evaluadas todas las personas candidatas, se sumarán las puntuaciones obtenidas en las pruebas descritas y se considerarán válidas para optar al puesto todas aquellas que hayan conseguido una puntuación superior a 60 puntos, quedando desierta en el caso que ningún aspirante supere la citada puntuación.

En el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria del proceso selectivo, la Comisión de Evaluación remitirá a la Dirección General de la Agencia una propuesta entre un máximo de 3 candidaturas, que serán las que hayan obtenido la mayor puntuación en el proceso selectivo, para elevar una propuesta de nombramiento al Consejo Rector, atendiendo a los criterios de mérito y capacidad de cada uno de ellos.

La persona seleccionada deberá incorporarse en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la resolución de nombramiento.

Una vez resuelto el proceso selectivo se procederá a la publicación de la correspondiente resolución en la página web de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en la página de Publicidad activa y Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer directamente demanda laboral ante el Juzgado de lo Social de la ciudad de Sevilla, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera producido el acto o la notificación de la resolución impugnada, o desde que se deba entender agotada la vía administrativa en los demás casos, según lo dispuesto en el artículo 69.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, en su redacción dada por la disposición final 3.ª de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 14 de enero de 2022.- El Director General, Manuel Cortes Romero.

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