Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 24/01/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 17 de enero de 2022, de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, por la que se revoca la declaración de Punto de Interés del taller de doña Bernardette Favreau, en Bubión (Granada).

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Examinada la documentación remitida por la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Granada, para la revocación de la declaración del Punto de Interés Artesanal del taller de doña Bernardette Favreau, en Bubión (Granada), al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 8 de junio de 2021, la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Granada, suscribe comunicación en la que se informa que el Punto de Interés Artesanal de doña Bernardette Favreau no reunía los requisitos que dieron lugar a su declaración, por lo que solicitaba a la Dirección General de Comercio la revocación del mismo.

Segundo. En la citada comunicación se alude a la baja de la persona titular del taller en el Registro de Artesanos de Andalucía desde el 23 de marzo de 2021 por jubilación.

Tercero. Con fecha 13 de julio de 2021 se dicta Resolución de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento por la que se acuerda el inicio del procedimiento para la revocación del Punto de Interés Artesanal del taller de doña Bernardette Favreau, en Bubión (Granada), concediendo un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.

La notificación de la citada resolución se efectuó con fecha 27 de septiembre de 2021, no habiéndose recibido alegaciones por parte de la persona interesada en el procedimiento.

Cuarto. Conforme al artículo 15.3 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, el procedimiento para la revocación finalizará mediante resolución motivada, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía. El día 23 de diciembre de 2021 fue oída la citada Comisión respecto a la revocación de la declaración del Punto de Interés Artesanal del taller de doña Bernardette Favreau.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Orden de 8 de septiembre de 2011 establece en su artículo 5.1.c) que para que un determinado local o taller o número de locales o talleres puedan ser declarados Puntos de Interés Artesanal deberán figurar inscritos en el Registro de Artesanos de Andalucía.

Segundo. El artículo 15.1 de la orden anteriormente citada establece que la declaración como Punto de Interés Artesanal quedará sin efectos cuando se produzca una modificación sustancial de las circunstancias que dieron lugar a la declaración, considerando el artículo 15.2 modificación sustancial la alteración de alguno de los requisitos contemplados en el artículo 5. En el presente caso, el taller de doña Bernardette Favreau está incumpliendo el apartado 1.c) de este último artículo, al no figurar inscrita su titular en el Registro de Artesanos de Andalucía.

Tercero. Por Orden de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, de 16 de febrero de 2021, se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y en determinados órganos de sus agencias administrativas.

En la citada orden se acuerda en el punto Segundo 4.j) delegar en la persona titular de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de interés Artesanal prevista en el artículo 15.2 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, y en el artículo 12.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Por cuanto antecede, teniendo en cuenta los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, demás normas de general y particular aplicación,

RESUELVO

Primero. Revocar la declaración del Punto de Interés Artesanal al taller de doña Bernardette Favreau, en Bubión, en la provincia de Granada.

Segundo. Comunicar al taller la obligación de retirar el distintivo identificativo que, en su caso, se exhiba en el exterior, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Sevilla, 17 de enero de 2022.- El Consejero de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, P.D. (Orden de 16.2.2021, BOJA núm. 36, de 23.2.2021), el Secretario General, Pablo Cortés Achedad.

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