Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 02/02/2023

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Resolución de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Hornachuelos, por la que se aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir dos plazas de Oficial/a de Obras vacantes en este Ayuntamiento. (PP. 3989/2022).

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Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía núm. 2022/00001857, de fecha 23 de diciembre, las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de Oficial/a de Obras para el Ayuntamiento de Hornachuelos, mediante sistema de concurso, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

«BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE DOS PLAZAS DE OFICIAL/A DE OBRAS, DE NATURALEZA LABORAL, INCLUIDA EN LA OEP DEL AÑO 2022, EN EL MARCO DE UN PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO

Base 1.ª. Objeto.

1.3. Objeto de las bases.

El objeto de estas bases es regular las especificidades que deben regir la selección, por el sistema de concurso de méritos, de dos plazas de Oficial/a de Obras, de naturaleza laboral, incluida en la OEP del Ayuntamiento de Hornachuelos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 96, de fecha 20 de mayo de 2022, en el marco de un proceso de estabilización de empleo temporal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La regulación, realización y desarrollo del presente proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases específicas y, en todo lo no regulado expresamente en estas, se regirá por las Bases Generales, aprobadas exclusivamente en el marco del mencionado plan extraordinario de estabilización.

1.2. Características de la plaza.

Naturaleza: Personal laboral.

Denominación: Oficial/a de Obras.

Grupo de clasificación: C.

Subgrupo de clasificación: C2.

Número de plazas convocadas: 2.

Jornada: Tiempo completo.

1.4. Funciones.

Realizará los trabajos propios del oficio de albañil, con la categoría profesional de oficial, relacionados con la construcción, reparación y mantenimiento de obras, vías públicas, edificios y demás instalaciones municipales, tales como desniveles, enlucidos, aislantes, tabiques, solados, tejados, cubiertas, enladrillados, estructuras..., todo ello siguiendo las instrucciones y bajo la supervisión de su superior jerárquico. Es responsable de la inmediata organización, asignación y supervisión de tareas, en su caso, del personal que colabore con él. Colabora en caso de necesidad, cuando es requerido por su superior y bajo las instrucciones del mismo, con el resto de brigadas en la realización de aquellos trabajos puntuales que se le encomienden, tales como recogida, carga, traslado y descarga de materiales, útiles y herramientas, en el montaje y desmontaje de escenarios, reparaciones y mantenimientos varios..., siempre que no requieran del dominio de unos conocimientos específicos vinculados a otras profesiones o categorías concretas. Atiende e informa al público y a los empleados de las materias de su competencia. Maneja los dispositivos, máquinas, herramientas y equipos propios de los trabajos que realiza, siendo responsable de su ordenación, limpieza, y buen uso. Cualesquiera otras funciones que sean análogas o conexas con las anteriores, o, en todo caso, que sean adecuadas a la plaza o categoría del ocupante del puesto, que su superior jerárquico le encomiende, sin perjuicio, además, de lo previsto en el art. 73.2 del TREBEP.

Base 2.ª. Requisitos.

Para ser admitidas en el proceso de selección y tomar parte de este, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos señados en las Bases Generales y además, los siguientes:

Titulación. Tener una titulación de EGB, o Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, o Formación Profesional Básica o equivalente.

La equivalencia, en caso de titulaciones distintas a las señaladas, corresponderá acreditarla a la persona aspirante.

Carnet de conducir B1.

Base 3.ª. Procedimiento de selección.

3.1. Tipo de procedimiento.

El procedimiento de selección es el de concurso de méritos.

3.2. Méritos.

Se valorarán los méritos siguientes, cumulativamente y sin perjuicio de lo indicado en las bases generales:

Experiencia profesional: Hasta un máximo de 80 puntos.

- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral, en la plaza objeto de las presentes bases, en el Ayuntamiento de Hornachuelos: 0,50 puntos  por mes trabajado.

- Experiencia profesional por servicios prestados como personal funcionario o laboral en la plaza objeto de las presentes bases, en otras AA.PP. y resto del sector: 0,40 puntos por mes trabajado.

- Experiencia profesional por servicios prestados en el sector privado, en la plaza objeto de las presentes bases o en el desempeño de las funciones propias de la misma: 0,35 puntos por mes trabajado.

Méritos académicos: Hasta un máximo de 20 puntos.

- Cursos de formación y perfeccionamiento, tanto oficiales y públicos como privados, debidamente acreditados, relacionados con las tareas del puesto o con materias transversales (este último caso, de formación oficial), en los términos señalados en las Bases Generales: 0,10 puntos por hora de formación.

Cuando la formación se refiera a créditos, cada crédito será equivalente a 10 horas de formación.

3.3. Calificación definitiva.

La calificación definitiva del concurso de méritos será la resultante de la suma final de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados del concurso, sin que en ningún caso pueda ser superior a 100 puntos.

Dicha calificación final lo será a partir de la comprobación del autobaremo por el Tribunal Calificador, en los términos establecidos en las Bases Generales.

Base 4.ª. Bolsa de empleo temporal.

El presente proceso selectivo sí generará bolsa de empleo temporal, en los términos previstos en las Bases Generales.»

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria se publicarán de conformidad con las bases, en la sede electrónica del este Ayuntamiento

(dirección https://sede.eprinsa.es/hornachu/tablon-de-edictos).

Hornachuelos, 23 de diciembre de 2022.- La Alcaldesa-Presidenta, María del Pilar Hinojosa Rubio.

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