Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 26/9/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 5 de septiembre de 1986, conformidad a la permuta de dos viviendas propiedad del Ayuntamiento de Casarabonela (Málaga), por otras tres de propiedad particular.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 79 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos 109, 112 y 114 del Reglamento de Bienes, Ley 7/1985, de 2 de abril, Real Decreto 698/1979, de

13 de febrero y Ley 6/1983, de 21 de julio. El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de

30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de una vivienda situada en el nº 4 de la calle Jarea, propiedad del Ayuntamiento, por la vivienda propiedad de D. Juan González González, situada en la calle Puerta de Alozaína nº 4; y la vivienda situada en el nº 6 de la calle Jarea, propiedad del Ayuntamiento, por las viviendas propiedad de D. Pedro Florido Macías, situadas en la calle Puerta de Alozaina nº 2 y Puerta de San Juan nº 4, acordadas en la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno el día 30 de junio de 1986, y cuyas descripciones son las siguientes: Propiedad municipal. Viviendas situadas en el nº 4 y 6 de la calle Jarea, lindando a la derecha con el Grupo Escolar, poseen una superficie cada una de 51,30 m2, distribuidos en dos plantas, teniendo un valor unitario de 1.805.204 pesetas.

Propiedad particular. Vivienda situada en la calle Puerta de Alozaína nº

4, propiedad de D. Juan González González, que linda por la derecha con dicha calle, y espalda con otra de D. Diego Florido Peña y terrenos del Castillo, tiene una superficie de 36 m2 por planta, teniendo un total de tres plantas y una superficie total construida de 108 m2, valorada en

1.805.204 pesetas.

Vivienda situada en el nº 2 de la calle Puerta de Alozaina, propiedad de D. Pedro Florido Macías, con una extensión superficial de 48 m2 y está valorada en 902.500 pesetas.

Vivienda situada en la calle Puerta de San Juan nº 2, propiedad del Sr. Florido Macías, con una extensión superficial de 45 m2 y una valoración de

902.704 pesetas.

2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Casarabonela (Málaga) para que éste a su vez la traslade a D. Juan González González y D. Pedro Florido Macías.

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de septiembre de 1986

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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