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Número 102 de 25 de mayo de 2012
Enclavada entre dos mares y dos continentes, la singularidad geográfica de Andalucía le otorga una identidad abierta y multicultural
Naturaleza y paisajesAndalucía ofrece una gran diversidad geográfica y una contrastada riqueza de paisajes.
ClimaAmplia variedad climática: sierras de abundantes lluvias, comarcas áridas, montañas nevadas, costas soleadas...
Andalucía ha sido foco de civilización y escenario de una historia milenaria de convivencia entre culturas.
EconomíaEn las tres últimas décadas, Andalucía ha logrado una profunda transformación económica y social.
Cultura y tradicionesAndalucía cuenta con una milenaria y rica herencia cultural.
Andalucía cuenta con amplios poderes legislativos, ejecutivos y judiciales, similares a los del resto de comunidades históricas de España.
SímbolosLa bandera, el escudo y el himno de Andalucía.
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En el recurso contencioso-administrativo núm. 1552/94, interpuesto por doña Juana Gamero Cívico Fernández de Villavicencio, representada por el Procurador Sr. Ladrón de Guevara Izquierdo y defendida por el Letrado Sr. Galán Parra, contra Resolución de 12 de mayo de 1994, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la Resolución del Director Provincial de la Agencia del Medio Ambiente en Córdoba.
En consecuencia con el Recurso citado anteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla ha dictado Sentencia con fecha 25 de septiembre de 1996, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Fallamos: Estimamos el recurso interpuesto por doña Juana Gamero Cívico Fernández de Villavicencio, contra la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, y en consecuencia, anulamos y dejamos sin efecto las resoluciones impugnadas, que son contrarias al Ordenamiento Jurídico en los puntos concretos objeto de este recurso. Y declaramos el derecho de la actora a que sea aprobado el plan cinegético en las condiciones en su día propuestas.
Sin pronunciamiento de condena en cuanto al pago de las costas¯.
En su virtud, este Organismo, de conformidad con lo establecido en el art.
118 de la Constitución, y la asunción competencial derivada de los Decretos
132/1996, de 16 de abril, de reestructuración de Consejerías y 271/1996, de
4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y de la Agencia de Medio Ambiente, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 10 de marzo de 1997.- El Viceconsejero, P.A. (Orden de 25-7-96), El Secretario General Técnico, Alvaro Javier Lozano González.
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