Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 02/11/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

ACUERDO de 11 de octubre de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan "Mejor Escuela".

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Las infraestructuras educativas no son sólo el marco físico donde se desarrolla la actividad educativa, sino que ellas son en sí mismas parte de la educación. Por ello, a nadie pasa desapercibida la importancia que para todo niño o niña y adolescente tiene el lugar donde se desarrolla su vida escolar.

En este marco se ubica el presente Plan, que responde a la necesidad de encarar un ambicioso programa de inversiones que permita a los ciudadanos y ciudadanas andaluces disponer de unos centros docentes dotados de unas infraestructuras adaptadas a las necesidades que en la actualidad demanda el sistema educativo.

Esta iniciativa fue concretada en el Discurso del Presidente de la Junta de Andalucía con objeto del Debate sobre el Estado de la Comunidad correspondiente al presente año 2005, en el que se anunció el compromiso de la Junta de Andalucía para afrontar la modernización de las infraestructuras educativas con una dotación de 1.200 millones de euros en el período

2005-2010.

En consecuencia, la decidida voluntad de la Junta de Andalucía por elaborar un Plan de estas características obedece a la necesidad de ampliar y mejorar nuestra Red de centros docentes, con objeto de dar respuesta a las nuevas necesidades de escolarización, modernizar las infraestructuras educativas, introduciendo elementos que respondan a las nuevas demandas sociales, tales como redes de telecomunicación e instalaciones que permitan una mejor eficiencia energética, entre otros, y adaptar las infraestructuras educativas a la nueva normativa vigente, tanto desde el punto de vista técnico como educativo, con especial atención a la mejora de las condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad y a la eliminación de las barreras arquitectónicas.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Educación, con informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de octubre de 2005,

ACUERDA

Primero. Aprobar el Plan "Mejor Escuela" que se adjunta como Adenda a este Acuerdo.

Segundo. El Plan "Mejor Escuela" extenderá su vigencia desde el año 2005 hasta el 2010.

Tercero. Se faculta a la Consejera de Educación para que en el ámbito de sus competencias dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Cuarto. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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Sevilla, 11 de octubre de 2005

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

ADENDA

PLAN "MEJOR ESCUELA"

INDICE

I.INTRODUCCION

II.PRINCIPIOS INSPIRADORES DEL PLAN

III.ESTRUCTURA, OBJETIVOS Y AMBITOS DE ACTUACION

Y TEMPORAL DEL PLAN

a) Estructura del Plan

Programa: NUEVAS CONSTRUCCIONES Y AM-

PLIACION DE LAS EXISTENTES

Programa: ACTUALIZACION Y MODERNIZACION DE LAS

INFRAESTRUCTURAS EDU-

CATIVAS

1.º Subprograma de Actualización y

Modernización de las Construc-

ciones Educativas

2.º Subprograma de Actualización y

Modernización de los Equipa-

mientos Educativos

b) Objetivos del Plan

c) Ambito de actuación del Plan

d) Ambito temporal del Plan

IV.DESARROLLO DEL PLAN

Programa: NUEVAS CONSTRUCCIONES Y AM-

PLIACION DE LAS EXISTENTES

a) Contenido

b) Inversión estimada

Programa: ACTUALIZACION Y MODERNIZACION

DE LAS INFRAESTRUCTURAS EDU-

CATIVAS

1.º Subprograma de Actualización y

Modernización de las Construc-

ciones Educativas

a) Contenido

b) Clasificación de actuaciones

c) Inversión estimada

d) Criterios de actuación

2.º Subprograma de Actualización y

Modernización de los Equipa-

mientos Educativos

a) Contenido

b) Inversión estimada

V.INVERSION TOTAL DEL PLAN

ANEXOS

ANEXO 1.Relación de centros nuevos y ampliaciones por

provincias del Programa 1

ANEXO 2a.Número de centros que requieren alguna actua-

ción del Subprograma 2

ANEXO 2b.Centros prioritarios para la actualización y

modernización de las infraestructuras educativas

PLAN "MEJOR ESCUELA"

I. INTRODUCCION

Las infraestructuras educativas son en sí mismas parte de la educación y no son tan sólo el marco físico donde se

desarrolla la actividad educativa. A nadie pasa desapercibida la importancia que para todo niño o niña y adolescente tiene el lugar donde se desarrolla su vida escolar.

Somos conscientes del potencial educativo que poseen los espacios escolares y por ello es objetivo prioritario para la Consejería de Educación conseguir que nuestras

infraestructuras educativas sean un reflejo de todos aquellos valores que la sociedad actual demanda.

Siendo así, podemos decir que un buen centro educativo será aquél donde el individuo se desarrolle en condiciones de igualdad y diversidad, de respeto al medio ambiente y al espacio colectivo. Y para todo ello debe ser un lugar seguro, saludable, de aspecto estético agradable y capaz,

funcionalmente, de responder a las necesidades del actual uso educativo.

La Administración educativa andaluza se ocupa de dar respuesta a las demandas de escolarización mediante la ampliación y construcción de nuevos centros, así como de que todos ellos tengan los requisitos mínimos de espacios que la normativa educativa dispone.

Pero, además, existe otra preocupación fundamental, y es el compromiso de adaptar el sistema educativo y de enseñanza a las nuevas tecnologías, todo ello con el convencimiento de que el potencial que representan estas herramientas debe ponerse a disposición de los centros educativos para lograr un mayor avance en la modernización del sistema.

Sin lugar a dudas, la implantación de estos instrumentos de enseñanza requiere inexcusablemente la adaptación de los espacios físicos, actualizando las infraestructuras existentes para crear con ello un entorno educativo moderno y totalmente actualizado.

Para ello, la Consejería de Educación va a desarrollar un nuevo programa denominado "Plan Mejor Escuela" con el

propósito de incrementar, actualizar y modernizar las

infraestructuras educativas de la Red de Centros de Andalucía.

Se trata de un Plan que, en ningún momento, debe entenderse como rígido o inamovible. Toda oferta educativa, para que sea de calidad, debe estar acorde con la realidad social y dar respuesta a las demandas de los ciudadanos y ciudadanas. Los instrumentos de planificación permitirán, cuando las

circunstancias sociales, demográficas o de cualquier otra índole así lo justifiquen, una modificación del Plan que en este documento se presenta.

II. PRINCIPIOS INSPIRADORES DEL PLAN

- Planificación de las demandas escolares.

- Actuación en todo el parque de centros educativos públicos con necesidades de actualización y modernización.

- Máxima eficacia y rentabilidad social.

- Equidad en la asignación de recursos.

- Equilibrio territorial en las actuaciones de modernización de los centros.

- Objetividad en los criterios de priorización de actuaciones.

III.ESTRUCTURA, OBJETIVOS Y AMBITOS DE ACTUACION

Y TEMPORAL DEL PLAN

a) Estructura del Plan.

El Plan Mejor Escuela se estructura en dos programas que conjuntamente persiguen el cumplimiento de los objetivos del mismo:

Programa 1: Nuevas Construcciones y Ampliación de las

Existentes.

Programa 2: Actualización y Modernización de las

Infraestructuras Educativas.

b) Objetivos del Plan.

Como resumen de los dos programas, podemos fijar los

siguientes objetivos del Plan Mejor Escuela:

1. Construcción de nuevas infraestructuras y ampliación de las existentes, motivadas por necesidades de escolarización, así como la eliminación de las situaciones de provisionalidad existentes.

2. Modernizar las infraestructuras educativas, introduciendo elementos que respondan a las nuevas demandas de la sociedad, tales como redes de telecomunicación, instalaciones que permitan contribuir a la eficiencia energética (instalaciones de energía solar para agua caliente sanitaria, mejora de aislamiento térmico y acústico, mejora del rendimiento de los sistemas de iluminación, etc.), en definitiva, todo aquello que posibilite la viabilidad de los nuevos sistemas de

enseñanza basados en las tecnologías de la información y la comunicación y que contribuyan, al mismo tiempo, a la mejora del medio ambiente.

3. Adaptación de las infraestructuras educativas a la nueva normativa vigente, tanto desde el punto de vista técnico como educativo, con especial atención al cumplimiento de los requisitos mínimos de los espacios docentes y a la mejora de las condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad.

4. Eliminación de barreras arquitectónicas en todos los centros educativos públicos, para posibilitar que todos los alumnos y alumnas tengan acceso a los nuevos sistemas de enseñanza sin que se produzca discriminación por razones de discapacidad.

5. Mejora y adaptación de los centros específicos de educación especial con la dotación de piscinas terapéuticas en los mismos y modernización de sus instalaciones, objetivo que responde, al igual que el anterior, a las acciones derivadas del Plan de Acción Integral para las personas con discapacidad en Andalucía.

6. Modernización y adecuación del equipamiento, acorde a las nuevas necesidades educativas.

c) Ambito de actuación del Plan.

Programa 1: Nuevas Construcciones y Ampliación de las

Existentes.

El ámbito de actuación de este programa serán todos aquellos municipios andaluces cuyas infraestructuras educativas

actuales no permitan acoger el incremento de demanda de escolarización.

Programa 2: Actualización y Modernización de las

Infraestructuras Educativas.

El ámbito de actuación de este programa comprende los centros públicos de educación infantil, educación primaria, educación secundaria, englobando Institutos de Educación Secundaria Obligatoria y Postobligatoria con bachillerato o ciclos formativos, así como centros que imparten enseñanzas de régimen especial (artísticas e idiomas) y también se extiende

al ámbito de los centros específicos de educación especial y Centros del Profesorado.

Todas las actuaciones que se van a llevar a cabo afectarán a

2.326 centros, sobre un total de 3.077 centros educativos que componen la Red de Centros en el ámbito de este programa. Esta cifra supone el 75% de los centros de la Red, porcentaje que se ha obtenido del análisis de campo realizado sobre el actual parque de centros. Los citados centros necesitan algún tipo de renovación o mejora en alguno de sus edificios o en alguna parte de su urbanización, toda vez que los 2.326 centros suponen, a su vez, 4.768 edificios.

d) Ambito temporal del Plan.

El presente Plan se desarrollará durante el período 2005-2010.

IV. DESARROLLO DEL PLAN

PROGRAMA 1

NUEVAS CONSTRUCCIONES Y AMPLIACION

DE LAS EXISTENTES

a) Contenido.

Este programa va dirigido a atender las demandas de

escolarización, bien por el incremento de natalidad o bien por los cambios de la población motivados por el desarrollo urbanístico en zonas puntuales de la geografía andaluza.

El objetivo principal es la creación de suficientes puestos escolares para absorber toda la demanda, eliminando

situaciones de provisionalidad consolidadas en el tiempo y garantizando con ello el principio de igualdad.

La planificación rigurosa, junto a una gestión eficaz del servicio que se presta, debe dar resultados que beneficien al conjunto de la sociedad.

En consecuencia, tras el estudio de las necesidades de nuevos centros y ampliación de los existentes, se procederá a la contratación y ejecución de las obras, así como a su

equipamiento.

b) Inversión estimada.

El coste estimado del Programa 1 asciende a 333.746.597 E para la construcción de 85 centros nuevos y 176 ampliaciones de centros existentes, así como para la finalización de otras actuaciones, lo que supone la construcción de un total de 91 centros y la creación de 50.845 nuevos puestos escolares.

PROGRAMA 2

ACTUALIZACION Y MODERNIZACION

DE LAS INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS

El Programa de Actualización y Modernización de las

Infraestructuras Educativas es un programa amplio y, por su envergadura e importancia, tanto económica como por el número y complejidad de las actuaciones a llevar a cabo, su

desarrollo y ejecución se realizará en función de las

posibilidades técnicas de actuación, de forma que afecte, en la menor medida posible, a la continuidad y calidad del servicio educativo.

Este Programa se compone, a su vez, de dos Subprogramas:

1.º Subprograma de Actualización y Modernización de las Construcciones Educativas.

2.º Subprograma de Actualización y Modernización de los Equipamientos Educativos.

1.º Subprograma de Actualización y Modernización de las Construcciones Educativas.

La sociedad de hoy en día requiere de las infraestructuras educativas una serie de funciones que no estaban previstas para las construcciones escolares hace tan sólo unos pocos años. Hablamos, por ejemplo, de instalaciones de

telecomunicación necesarias para el desarrollo de la sociedad del conocimiento, de elementos de seguridad, según las normas actuales, o de mecanismos relacionados con la eficiencia energética y la mejora del medio ambiente.

Antes de seguir avanzando en la materia, es conveniente definir una serie de conceptos de trabajo, que nos van a servir para desarrollar el contenido.

- Requisitos de la edificación según la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la

Edificación, con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, indica que toda edificación debe satisfacer una serie de requisitos básicos relativos a tres aspectos: Funcionalidad, seguridad y habitabilidad.

Los requisitos relativos a funcionalidad se refieren

fundamentalmente a:

a) Utilización, de tal forma que la disposición y las

dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.

b) Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la

circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica.

c) Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica.

Los requisitos relativos a la seguridad se refieren

fundamentalmente a:

a) Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los

forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

b) Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los

ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.

c) Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

Los requisitos relativos a la habitabilidad se refieren fundamentalmente a:

a) Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.

b) Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.

c) Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.

d) Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio.

También será tenida en cuenta en el desarrollo de este Plan la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, que tiene por objeto promover la seguridad y salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.

a) Contenido del Subprograma de Actualización y Modernización de las Construcciones Educativas.

La unidad de referencia en este subprograma del Plan va a ser la línea de actuación, entendida como aquel tipo de

intervención que proporciona la actualización o modernización de una parte del centro educativo con determinadas

características técnicas unitarias y que da respuesta a cierta necesidad.

La unidad básica no será por tanto el Centro, sino la

actuación, de forma que en un mismo centro pueden llevarse a cabo una o más actuaciones en función de las necesidades que se detecten, constituyendo todas ellas el PROYECTO de

actualización y modernización del centro.

b) Clasificación de las Actuaciones.

El contenido del Subprograma de Actualización y Modernización de las Construcciones Educativas se concreta en 15 líneas de actuación que van a ser las siguientes:

1. Mejora y adecuación de cimentaciones y estructuras.

2. Mejora y adecuación de cubiertas, aseos y saneamiento.

3. Mejora y adecuación de vallas de cerramiento.

4. Adaptación a la actual normativa contra incendios.

5. Adaptación de instalaciones eléctricas y especiales.

6. Actualización de sistemas de calefacción.

7. Eliminación de barreras arquitectónicas.

8. Renovación de fachadas.

9. Renovación de acabados interiores.

10. Mejora y adecuación de la urbanización y pistas

polideportivas.

11. Reforma y accesibilidad de centros de educación especial.

12. Dotación de piscinas terapéuticas en centros de educación especial.

13. Adaptación o dotación de nuevos espacios: Docentes, deportivos y comedores.

14. Implantación de tecnologías de la información y la

comunicación.

15. Dotación de instalaciones de energía solar para agua caliente sanitaria.

Hay que significar que la Línea de Actuación núm. 14 de "Implantación de tecnologías de la información y la

comunicación", si bien va a llevarse a cabo por la Consejería de Educación, no se incluye el coste de la inversión dentro de la cuantía total del Plan Mejor Escuela pues forma parte de las medidas de impulso de la Sociedad del Conocimiento, que dispone de programa presupuestario propio, y cuyo objetivo es incorporar a Andalucía a la sociedad del conocimiento

plenamente, lo que implica lograr una mayor calidad de vida, aumentar el equilibrio social y territorial, ampliar el tejido productivo y mejorar la competitividad.

Una de las medidas para alcanzar ese gran objetivo es la modernización del sistema educativo, y uno de los aspectos de esta modernización es la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en los centros docentes.

Para ello, desde el punto de vista técnico, la Consejería dota a estos centros de equipamiento e intranet, plataforma

educativa, contenidos y recursos educativos y soporte y servicio técnico.

Estas quince líneas de actuación pueden clasificarse en función de dos factores:

1.º Atendiendo al Requisito Básico de la Edificación afectado.

1. Actuaciones que afectan a Seguridad.

2. Actuaciones que afectan a la Habitabilidad.

3. Actuaciones que afectan a la Funcionalidad.

2.º Atendiendo al Grado de Afectación del Servicio Educativo.

- Actuaciones de Gran Intervención (A.G.I.): Son aquellas que por su entidad requieren una obra mayor que imposibilita la continuidad del servicio educativo (traslado de alumnos).

- Actuaciones de Intervención Compatible (A.I.C.): Son

aquellas que se pueden realizar simultáneamente a la actividad educativa.

- Actuaciones de Breve Intervención (A.B.I.): Son aquellas que, si bien pueden afectar al servicio educativo, por el breve plazo de ejecución pueden llevarse a cabo durante el período de verano.

Como resumen de todos estos conceptos, obtenemos el cuadro siguiente:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 13) height="15">.

c) Inversión estimada.

Como resumen de todos las actuaciones objeto del Subprograma de Actualización y Modernización de las Construcciones

Educativas, podemos concluir que están programadas 13.994 actuaciones que afectan a 2.326 centros educativos, con una inversión total estimada de 752.253.403 E.d) Criterios de actuación.

Con el fin de ejecutar el Subprograma actualización y

modernización de las construcciones educativas, hemos de establecer unos criterios que nos lleven a la toma de

decisiones para priorizar las actuaciones en los diferentes centros, teniendo presente que el desarrollo del Plan es algo continuamente vivo. Estos criterios son:

1. Territorialidad.

2. Nivel educativo.

3. Núm. de centros y alumnos afectados por idéntica línea de actuación.

4. Afectación a la continuidad del servicio educativo.

5. Gravedad de la patología.

6. Rentabilidad de la inversión desde el punto de vista económico y educativo.

7. Otros.

Vamos a detallar cada uno de estos apartados.

1. Territorialidad.

Dada la diversidad y amplitud de nuestra Comunidad Autónoma no podemos olvidar el parámetro de territorialidad, distribuyendo los recursos de forma provincializada, de manera que

intervenga en cierta medida el número de centros existentes en cada una de las provincias andaluzas.

2. Nivel educativo.

Para procurar un reparto equitativo de los recursos en la distribución de las actuaciones consideraremos los diferentes niveles educativos, es decir, repartiendo las actuaciones entre centros de educación infantil, primaria, secundaria, centros específicos de educación especial y centros de

enseñanzas de régimen especial, en aquellas líneas que

supongan un número elevado de actuaciones.

3. Núm. de centros afectados por idéntica línea de actuación.

Así mismo, procurando esa distribución equitativa y social, se acometerán de forma prioritaria aquellas líneas que tengan incidencia en mayor número de centros, y por tanto supongan una mejora de las condiciones educativas para mayor número de alumnos.

4. Afectación a la continuidad del servicio educativo.

Otro factor a considerar en la programación de las actuaciones será el grado de afectación que produzca en el servicio educativo, desde aquellas obras que supongan la paralización de la actividad educativa, con el consiguiente traslado del alumnado a otros centros, hasta las pequeñas obras a realizar en el período no lectivo de verano.

Este aspecto va relacionado con la entidad de la obra a realizar, tanto desde el punto de vista técnico, en el caso de obras mayores que sean incompatibles con el uso del centro, como de su plazo de ejecución.

Asimismo, estará relacionada con el número de actuaciones que simultáneamente se realicen en el centro, es decir, aquellos casos en que se produzca una combinación de actuaciones que técnicamente sea la más adecuada de ejecutar, de manera que los recursos se utilicen de la forma que técnicamente sea más rentable y que a la vez dé respuesta a las necesidades de actualización y modernización.

5. Gravedad de la patología presente en el centro educativo.

En lo que respecta a este apartado se pretende intervenir teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1.º Serán prioritarias aquellas actuaciones que estén

relacionadas con la seguridad.

2.º En segundo orden de prioridad se atenderá a actuaciones relacionadas con la habitabilidad y condiciones higiénico- sanitarias.

3.º En tercer orden de prioridad se atenderá a actuaciones relacionadas con la funcionalidad y adaptación a la actual normativa.

6. Rentabilidad de la inversión desde el punto de vista económico y educativo.

Es obligación de las Administraciones Públicas invertir los recursos disponibles de la manera mas adecuada, en condiciones de igualdad y equidad, a la vez que dar respuesta a las necesidades más prioritarias y al mayor número de ellas.

Para ello, un factor a tener en cuenta será la idoneidad de la actuación, atendiendo a diferentes variables:

a) Centros cuyo deterioro u obsolescencia funcional alcance un nivel que haga inviable técnica o económicamente su

recuperación para dar respuesta a las demandas del uso

educativo de la sociedad actual (situación de ruina

económica).

Los centros que se encuentren en estas circunstancias serán objeto de reposición o sustitución, que se acometerá según el programa de construcción y ampliación de centros de esta Consejería.

Se consideran excepciones a este caso aquellos centros con algún valor histórico o arquitectónico, que se medirán con otros parámetros.

b) Centros con cierto grado de deterioro u obsolescencia que se encuentran ubicados en zonas con demanda de escolarización claramente descendente, de tal forma que el centro haya perdido las características originales para las que fue construido. En estos casos la racionalización y optimización de los recursos puede llevar a considerar la posible

sustitución o reposición del centro en otras zonas con mayor demanda.

c) Centros ubicados en zonas consolidadas que carecen de espacios suficientes y es inviable dotarlos de ellos en su ubicación actual. Al igual que en la circunstancia anterior podría ser más oportuna la reposición del centro en otra ubicación.

7. Otros.

Así mismo hemos de tener en consideración aquellas actuaciones que se derivan del cambio de modelo de gestión y cuyos

objetivos sean compatibles con los que figuran en el Plan.

2.º Subprograma de Actualización y Modernización de los Equipamientos Educativos.

a) Contenido.

El equipamiento de los centros educativos, mobiliario,

didáctico, deportivo, etc., se deteriora con el uso, a la vez que requiere una actualización acorde con las nuevas

tecnologías y modelos curriculares de cada etapa educativa.

Asimismo, existen necesidades de equipamiento muy específicas como son las relativas a los ciclos formativos de formación profesional, a las enseñanzas de régimen especial, así como las de los centros específicos de educación especial, que por sus características técnicas tienen un tratamiento

particularizado respecto al equipamiento educativo en general.

Con este subprograma se pretende actualizar el equipamiento de los centros educativos que lo requieran, siguiendo una línea sistematizada de modernización y adecuación de material obsoleto; disponer de un mobiliario ergonómico acorde con la talla de los escolares y un material didáctico actualizado con el currículum y con las tecnologías al uso; dotar a los ciclos formativos, tanto los de nueva implantación como a los que actualmente funcionan, de un equipamiento acorde a sus

necesidades específicas; dotar a los centros de enseñanzas de régimen especial de un equipamiento acorde a sus necesidades educativas.

El Subprograma 2 de modernización y adecuación de

equipamientos escolares se lleva a cabo en cuatro líneas fundamentalmente:

1.ª Línea: Actualización de equipamientos en aquellos centros que sean objeto de una actuación "Integral" en el programa de actualización y modernización de infraestructuras y sea necesaria la modernización del equipamiento.

2.ª Línea: Aquellos centros que, sin ser necesaria una

actuación en obras e instalaciones, tienen carencias en la adecuación del equipamiento escolar.

3.ª Línea: Dotar del equipamiento adecuado a aquellos ciclos formativos de formación profesional que, o bien no están dotados, o, estándolo, éste es obsoleto o precisa su

reposición por otras causas.

4.ª Línea: Dotar del equipamiento adecuado a aquellas

enseñanzas de régimen especial que, o bien no están dotadas, o, estándolo, éste es obsoleto o precisa su reposición por otras causas.

b) Inversión estimada.

1. Tras el estudio de las necesidades, se concluye que la actualización de las dotaciones de equipamiento para 447 centros que acogen a 1.294 unidades de ciclos formativos de formación profesional, tiene un coste estimado de 48.000.000 de E.

2. Del estudio de las necesidades de los centros que imparten enseñanzas de régimen especial, se estima que el coste de la actualización de las dotaciones de equipamiento para los mismos es de 6.000.000 de E.

3. Finalmente, se ha estimado un coste de 60.000.000 de E para llevar a cabo la tarea de modernización del equipamiento, que sea necesaria como consecuencia de su deterioro.

Por tanto, el coste estimado para este subprograma 2 es de

114.000.000 de E.

V. INVERSION TOTAL DEL PLAN

El coste total estimado del Plan Mejor Escuela asciende a

1.200 millones de euros, de los que 333.746.597 E corresponden al Programa 1: "Nuevas Construcciones y Ampliación de las Existentes", y 866.253.403 E al Programa 2: "Actualización y Modernización de las Infraestructuras Educativas".

ANEXOS

ANEXO 1

PLAN MEJOR ESCUELA

PROGRAMA 1

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 16)

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ANEXO 2a

PLAN MEJOR ESCUELA

ACTUALIZACION Y MODERNIZACION

DE LAS CONSTRUCCIONES EDUCATIVAS

Núm. centros que requieren alguna actuación

Almería230

Cádiz323

Córdoba263

Granada281

Huelva168

Jaén250

Málaga355

Sevilla456

Total2.326

ANEXO 2.b

PLAN MEJOR ESCUELA

PROGRAMA 2

Centros prioritarios para la actualización y modernización de las infraestructuras educativas: Adaptación o dotación

de nuevos espacios docentes

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 21) height="15">.

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