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El Gobierno Andaluz, consciente de la importancia social y económica que para la Comunidad Autónoma tiene una adecuada planificación y ordenación de las actuaciones en materia minera, formula el Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía (PORMIAN 2010-2013), fijando los objetivos, los contenidos y la tramitación a seguir para la aprobación del Plan.
El Plan es el instrumento planificador que orientará estratégicamente las actividades de investigación y explotación de los recursos minerales en el territorio de Andalucía, de acuerdo con la planificación económica general y con los intereses sociales y económicos tanto sectoriales como generales, de forma coordinada y compatible con la planificación existente en la Comunidad Autónoma en sus aspectos culturales, territoriales, ambientales y en el marco de la normativa europea, nacional y autonómica.
El sector minero andaluz, constituido tanto por la actividad minera extractiva como por las industrias de primera transformación de materias primas minerales, tiene que hacer frente, hoy día, a numerosos retos derivados de las exigencias de un desarrollo sostenible y de la globalización de los mercados que, por un lado, ofrece mayores expectativas y oportunidades de negocio y, por otro, obliga a unos mayores niveles de competitividad y productividad. Así, la modernización tecnológica y la incorporación del conocimiento a las empresas e industrias mineras andaluzas constituyen factores fundamentales para el desarrollo económico y sostenible del sector de la minería y para el aprovechamiento de las potencialidades mineras existentes en la Comunidad Autónoma.
Por tanto, el Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía 2010-2013 constituye el documento de planificación minera, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, cuya finalidad es poner en valor el sector de la minería y destacar las potencialidades existentes para mejorar la competitividad, la productividad y el empleo con criterios de sostenibilidad. Para ello, se establecen seis objetivos:
1. Contribuir al fomento y mejora de la competitividad y productividad del sector minero andaluz, mediante la modernización tecnológica, la incorporación de procesos innovadores y el impulso a la incorporación del conocimiento.
2. Favorecer el mantenimiento y creación de empleo de calidad y el incremento del valor añadido, mediante el desarrollo y la consolidación del sector minero-industrial de las materias primas minerales con potencialidad en Andalucía, fomentando el diseño de nuevos productos y nuevas aplicaciones.
3. Favorecer la integración medioambiental de la actividad minera y su compatibilidad con otras actividades basadas en recursos territoriales.
4. Difundir y facilitar el acceso al conocimiento del sector minero.
5. Modernizar la gestión administrativa en aquellos ámbitos competenciales de la Comunidad Autónoma Andaluza.
6. Reforzar la formación, la cualificación y la seguridad en el sector minero.
La elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía (PORMIAN 2010-2013), se ha realizado conforme a las determinaciones previstas en su Acuerdo de formulación 2 de noviembre de 2005, del Consejo de Gobierno, y han sido referencias ineludibles la Estrategia para la Competitividad de Andalucía (ECA) 2007-2013, el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía (PIMA), el VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, así como el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo: iniciativa sobre «La minería no energética en Europa».
Redactada la propuesta del Plan por la Comisión de Redacción, se ha dado cumplimiento a los preceptivos trámites de información pública y audiencia y se ha concertado con los agentes sociales y económicos en el marco de la Concertación Social. Igualmente, la propuesta del Plan se ha sometido al procedimiento de evaluación ambiental, conforme a lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de agosto, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, y se ha remitido a la Consejería de Hacienda y Administración Pública para su análisis y evaluación en el marco de la planificación económica regional.
Por último, finalizado el período de información pública y audiencia, y tras informe de la Comisión de Redacción, de fecha 5 de febrero de 2010, se ha sometido el Plan a Informe de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda a los efectos previstos en el artículo 18.3 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Realizados los trámites anteriormente señalados e incorporadas las alegaciones aceptadas, así como emitidos los informes favorables en las materias de planificación económica, presupuestos, medio ambiente y ordenación del territorio, se ha sometido al análisis de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.3 del Decreto 281/2010, de 4 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de septiembre de 2010,
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía (PORMIAN 2010-2013).
1. Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía (PORMIAN 2010-2013).
2. El texto del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, en la dirección «http://web.ceic.junta-andalucia.es/».
Artículo 2. Remisión del Plan al Parlamento de Andalucía.
Se acuerda la remisión del Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía (PORMIAN 2010-2013) al Parlamento de Andalucía, a los efectos de dar cuenta del mismo, de conformidad con lo establecido en el punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 2 de noviembre de 2005.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo.
Se faculta al titular de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Sevilla, 7 de septiembre de 2010
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Antonio Ávila Cano
Consejero de Economía, Innovación y Ciencia
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