APROBADO EL PERIODO TRANSITORIO PARA LA INDICACIÓN DEL PRECIO POR UNIDAD DE MEDIDA EN EL PEQUEÑO COMERCIO

 

El Consejo de Gobierno ha acordado establecer un período transitorio de adaptación para la indicación del precio por unidad de medida en los pequeños comercios y en la venta ambulante. Este plazo, que finaliza el 30 de julio de 2002, se fija de acuerdo con la Directiva Comunitaria 98/6.

La medida, que ya se aplica en los grandes centros comerciales, tiene como principales objetivos la protección de los consumidores, mejorar sus posibilidades de comparar los precios de los productos y conseguir una mayor racionalidad a la hora de adquirirlos.