El Consejo de Gobierno ha acordado establecer un período transitorio de adaptación para la indicación del precio por unidad de medida en los pequeños comercios y en la venta ambulante. Este plazo, que finaliza el 30 de julio de 2002, se fija de acuerdo con la Directiva Comunitaria 98/6.
La medida, que ya se aplica en los grandes centros comerciales, tiene como principales objetivos la protección de los consumidores, mejorar sus posibilidades de comparar los precios de los productos y conseguir una mayor racionalidad a la hora de adquirirlos.