El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el régimen de organización
y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, cuyo creación
estaba prevista en la Ley 9/1996, de 26 de diciembre. Este Instituto
es un organismo autónomo de carácter administrativo
adscrito a la Consejería de la Presidencia.
El Instituto Andaluz de la Juventud tendrá como funciones,
entre otras, las siguientes:
- Fomentar la participación, promoción, información
y formación en materia de juventud y de animación
sociocultural.
- Planificar, organizar y desarrollar actuaciones juveniles impulsadas
por la Administración Autónoma, así como
la colaboración con otras Administraciones y entidades.
- La ordenación, coordinación y gestión de
las materias relativas a las Oficinas de Intercambio y Turismo
de Jóvenes y Estudiantes, de los espacios de juventud y
de las instalaciones juveniles. Estas tareas se realizarán
a través de la Empresa Pública Andaluza de Gestión
de Instalaciones de Turismo Juvenil (Inturjoven, SA)
- Incentivar la investigación en materia de juventud.
Del Instituto Andaluz de la Juventud dependerán la Escuela
Pública de Tiempo Libre y Animación Sociocultural
y el Consejo de la Juventud de Andalucía.
Los órganos rectores del Instituto serán: el Presidente,
cargo que corresponde al Consejero de la Presidencia; el Consejo
Rector, el Director General y el Subdirector General. Formarán
parte del Consejo Rector, máximo órgano de dirección
del Instituto, como vocales los Viceconsejeros de Gobernación
y Justicia, Economía y Hacienda, Trabajo e Industria, Turismo
y Deporte, Obras Públicas y Transportes, Agricultura y
Pesca, Salud, Educación y Ciencia, Asuntos Sociales, Cultura
y Medio Ambiente, y los Presidentes del Consejo de la Juventud
y de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.
El Decreto aprobado prevé que en cada provincia andaluza
existirá una Dirección Provincial del Instituto,
cuyas funciones serán ejercidas por los Delegados del Gobierno
de la Junta de Andalucía.