Archivos de Andalucía

Junta de AndalucíaArchivos de AndalucíaEnlace al directorio institucional de la Cultura (en nueva ventana)

Inicio | Sevilla | AGA | Servicios | Consulta de documentos
|

Consulta de documentos

 Consideraciones generales sobre las consultas de documentos

  •   Tipos de consultas:

    • Presenciales, que se realizan en la sala de consulta del Archivo (ver “Normas de uso de la Sala de Consulta”).
    • No presenciales, en cuyo caso podrán recibirse por correo postal, correo electrónico o vía telefónica, debiéndose en todo caso identificar la persona solicitante, quien deberá aportar los documentos acreditativos que le puedan ser requeridos.
  • Tratamiento de datos personales:

    • Los datos personales de la persona usuaria serán recogidos con la exclusiva finalidad de atender su consulta y su servicio por parte del Archivo, y no serán cedidos a terceros para ninguna otra finalidad. Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico a través del correo dpd.ccph@juntadeandalucia.es. Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición a su tratamiento, puede consultar la siguiente URL:          http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos.
  • Consulta de documentos de acceso restringido: 

    • Cuando el acceso a la información de los documentos objeto de la consulta tenga el carácter de reservada o protegida, será de aplicación la normativa vigente, en particular:
      • Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, para la Protección del honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen, art. 8.
      • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
      • Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, art. 62.
      • Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, art. 57.
      • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, arts. 14 y 15.
    • Junto con la solicitud de consulta correspondiente, habrá de cumplimentarse el documento de declaración y compromiso para acceso a documentos que contienen datos personales, que incluye el cumplimiento de la normativa vigente.
    • Las acreditaciones, autorizaciones o poderes que el solicitante pudiera presentar para la autorización de la consulta serán incorporadas en su caso al correspondiente expediente de consulta o investigación.
    • La denegación de la consulta o del derecho de acceso a los documentos solicitados será escrita y razonada por parte del Archivo. 
  • Realización de reproducciones:

    • La solicitud de reproducción de documentos se realizará mediante el modelo normalizado, y deberá ser autorizada por el Archivo. Para señalizar los documentos referenciados en la solicitud se utilizarán los indicadores de reprografía normalizados.
    • El número máximo de reproducciones, los medios por los que éstas se hagan y el tiempo de servicio de las mismas por cada solicitud estará en función de los medios materiales y humanos de que disponga el Archivo en cada momento, del formato y soporte de los documentos y del estado de conservación de los mismos.
    • Los servicios sujetos a tasas o precios públicos se realizarán previo pago de los mismos mediante los procedimientos establecidos a tal fin. La Orden que establece los citados precios y tasas estará expuesta en la Sala.
    • Las reproducciones de documentos solicitadas se destinarán únicamente al fin expuesto en el impreso de solicitud. 
  • Publicación y cita de documentos:

    • La publicación, distribución o cesión a terceras personas de las reproducciones suministradas por el Archivo deben ser expresamente solicitadas y autorizadas por éste, en cumplimiento de lo dispuesto por la legislación vigente.
    • En cualquier edición o publicación es obligatoria la referencia a la procedencia de los documentos, citando el Archivo y la signatura de los mismos, según lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos. Las ediciones o publicaciones que contengan documentos citados, transcritos o reproducidos de los fondos del Archivo deberán contener los siguientes datos: siglas del Archivo, fondo/sección, signatura y, en su caso, número de folios.  
  • Compromiso de calidad:

    • La atención a las solicitudes de consulta se ajustará en todo caso a los compromisos de calidad asumidos por el Archivo en la Carta de Servicios aprobada para el mismo.

 

 

W3C XHTMLW3C WAIW3C CSS