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Arch-e. Revista Andaluza de Archivos

Nº 3  09 junio 2010


3.008. Dos documentos sobre el Real Negociado de Maderas y la Provincia Marítima de Segura, conservados en el Archivo Histórico Provincial de Jaén

Elena López Pérez09 junio 2010

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Elena López Pérez
Archivo Histórico Provincial de Jaén
mariae.lopez.perez@juntadeandalucia.es




Resumen

Se dan a conocer dos documentos del fondo de la Provincia Marítma de Segura, procedente de la Delegación Provincial de Agricultura de Jaén. El primero referente a la desarrollo del Real Negociado de Maderas de Sevilla, desde su origen, centrándose en la decadencia que sufre este organismo desde que la Marina ejerce la administración de los montes de la Sierra de Segura; y el segundo, sobre malos usos en la administración de la Provincia Marítima de Segura.

 

Palabras clave: Real Negociado de Maderas, Provincia Marítima de Segura, Documentación de la Delegación Provincial de Agricultura de Jaén, Administración de la Marina Real, Jurisdicción de la Marina Real, Montes de la Sierra de Segura.



Abstract

We release you two documents from the Provincia Marítima de Segura fond, from the Delegación Provincial de Agricultura de Jaén. The first one about the development of Real Negociado de Maderas de Sevilla, from its origins, specially in the decadence of this organism since the Navy administrates the mounts of Sierra Segura; and the second about the bad uses in the Provincia Marítima de Segura management.

 

Keywords: Royal Wood Office, Segura Maritime Province, Jaen Provincial Delegation of Agriculture, Royal Navy Administration, Royal Marine Jurisdiction, Woodland of Segura Mountains.

 

Todavía recuerdo el día en que, trabajando como archivera de la Delegación de Obras Públicas, recibí una llamada de Mª Dolores Torres, diciéndome que me iba a recoger con el “seiscientos”, para bajar al Laboratorio de Sanidad Animal de la Delegación de Agricultura, donde unos operarios que realizaban obras de reforma habían encontrado unos documentos “con escritura rara, que parecía muy antigua”. Efectivamente, era la documentación más antigua que conservamos de los fondos forestales de la provincia. 

A partir de ahí, se hizo una transferencia extraordinaria, dada la urgencia de dicha Delegación de evacuar aquellos locales. Se envió la documentación en masa al Archivo Histórico, sin ninguna relación de entrega, prácticamente en espuertas y toda la documentación revuelta.

Posteriormente, se fueron realizando nuevas transferencias, dando como resultado la cantidad de fondos de organismos competentes en materia de agricultura y de lo que hoy conocemos como Medio Ambiente: Provincia Marítima, Sección de Montes del Gobierno de la Provincia, Distrito Forestal, Patrimonio Forestal del Estado, Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA), Jefatura Agronómica, Delegación Provincial de Agricultura, Jefatura del Servicio Provincial de Ganadería, Instituto Nacional de Colonización, Instituto Nacional para la Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA), Servicio Nacional de Productos Agrarios (SENPA). 

Y en cuanto a documentación de la administración de la Junta de Andalucía, los fondos de la Delegación Provincial de Agricultura, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA) y de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

Hemos tenido la suerte de que se hayan conservado algunos documentos procedentes de la administración por la Marina Real de la Provincia Marítima de Segura. Este fondo está integrado por veinte unidades documentales, que son, en su mayor parte, informes, visitas, autos seguidos sobre quema de montes, etc.

El 31 de enero de 1748, Fernando VI, aludiendo a la decadencia de los montes, especialmente los inmediatos al mar, promulga la Ordenanza para la conservación y aumento de los montes de Marina. En ella, se establece que “el cuidado y conservación de los montes de las inmediaciones de la mar y ríos navegables [...] continuará [...] a cargo de los Intendentes de Marina establecidos en los tres Departamentos de Cádiz, Ferrol y Cartagena[...]” 1.

El Departamento de Marina de Cádiz tendrá jurisdicción sobre los montes de Segura que tienen sus vertientes a los ríos Guadalquivir y Guadalimar, correspondiendo al Intendente de dicho Departamento su cuidado, conservación y repoblación. Las mismas competencias con respecto a aquellos montes que tienen sus vertientes al río Segura corresponden al Departamento de Cartagena.

Encontramos testimonios de esta política en el Catastro del Marqués de la Ensenada donde, refiriéndose a las tierras de la sierra de Sorihuela, se dice: “la medida de tierra en la sierra, poblada de treinta encinas o robles, podrá valer su fruto tres reales vellón al año cada fanega, aunque en esta especie no tiene provecho alguno este común, por estar en sitio comunero a las villas de Villacarrillo, Villanueva del Arzobispo, la de Torafe y ésta, y que dicho sitio está acotado por Su Majestad para la cría y corta de maderas para la construcción de bajeles”2.

O en las Respuestas Generales de Santisteban del Puerto: “Seis guardas de campo, los tres ocupados en la guarda de montes, y a disposición del señor Subdelegado de Marina”3; así como en las de Segura de la Sierra4: “La Villa nombra anualmente tres regidores, un procurador síndico general, un alguacil mayor, dos procuradores de causas, un alguacil ordinario, un escribano de número y Ayuntamiento, dos mayordomos de propios, otros dos de pósito, un alcalde y seis guardas del monte, con aprobación de la Intendencia de Marina de Cádiz […]” . Y “Los pinares están sin uso para los particulares, por aprovechar de ellos Su Majestad”. Y más adelante: “[...] y que los pinares del término son propios de la villa, sin embargo de aprovecharse Su Majestad de ellos.”

En las de Orcera: “y que algunas carrascas5 que tiene están destinadas para Su Majestad.”

Villacarrillo: “Y que en la sierra, que es común con las otras tres villas de este Adelantamiento, hay matorrales y montes con encinas, pinos, robres, fresnos, parte de peñascares inútiles. Y que también tiene pastos, notándose que de estos se aprovechan en común dichas cuatro villas, porque no se arriendan, y la leña sólo se aprovechan sus vecinos de la inútil, porque los demás árboles están dedicados para la construcción de bajeles de orden de su majestad, de forma que ni para la labor ni fábrica de casas no se saca ni puede sacar pieza alguna sin licencia y aun al ganado no se le permite subir a pastar si no es en ciertos tiempos a excepción del ganado cabrío, que este pasta todo el año, y el yeguar y vacuno, en el invierno, y el de cerda en el tiempo de la bellota”.

Villarrodrigo: “Las dehesas y tierras montuosas comunes están sin uso para los particulares, por aprovecharse Su Majestad de los robles y pinos que producen, excepto los arrendamientos que de los pastos y bellota hace la Villa a varios forasteros, [...]”.

Torres [de Albanchez], entonces perteneciente al Reino de Murcia: “Las dehesas están sin uso para los particulares, por aprovecharse de los robles Su Majestad […]”6.

Por Real Orden de 10 de octubre de 1752, se agregan a la dirección y jurisdicción de Marina los montes del partido de Alcaraz, que formará parte también de la Provincia Marítima de Segura.

Carlos IV, en 1803, establece el conocimiento privativo de los Tribunales de Marina en todo lo económico, administrativo y contencioso de los montes de sus tres Departamentos para evitar disputas y competencias con las Justicias ordinarias de los pueblos.

Entre la documentación encontramos, también, noticia del Real Negociado de Maderas de Sevilla, que se crea en 1733 para abastecimiento maderero en la construcción de la Fábrica de Tabacos de Sevilla, sufragándose con un arbitrio sobre el baldío de Guadalmena y Bañares. Este organismo decae con la instauración de la Provincia Marítima.

La Provincia Marítima de Segura desaparece con la promulgación de las Ordenanzas Generales de Montes, de 22 de diciembre de 1833, que disponen el cese de las jurisdicciones privativas o privilegiadas, y que todo se reasuma por los Juzgados o Tribunales reales, o por la Dirección General de Montes que se establece. Así mismo, cesan los derechos que había venido ejerciendo la Marina Real.

Nuestra aportación a este homenaje consiste en dar a conocer dos documentos del fondo de la Provincia Marítima de Segura. Son dos informes, el primero referente al Real Negociado de Maderas desde su origen y evolución, centrándose en la decadencia que sufre desde que la Marina ejerce la administración de estos montes, y el segundo sobre la mala gestión administrativa y malos usos en la administración de la Provincia Marítima.

 

Descripción del documento según la norma ISAD (G)

Código de referencia

ES.23050.AHP: Agricultura: Provincia Marítima:62.469

Título

Informe sobre el Real Negociado de Maderas

Fecha

[p.1822-a. 22/12/1833]

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte de la unidad de descripción

5 páginas en pliego de papel verjurado doblado en folio, cosido.

Historia archivística

Esta documentación se trasladó al Archivo por vía de urgencia por la necesidad de la Delegación Provincial de Agricultura de evacuar el local en que se encontraba albergada -el Laboratorio de Sanidad Animal- para realizar unas obras. Circunstancia que impidió la realización de una transferencia regular, lo que, unido a la desorganización de la documentación, hizo que ésta llegara en pésimas condiciones y sin ninguno de los controles necesarios.

* * *

“Breve noticia del origen del Negociado

En 1733 se principió la Fábrica de Tabacos de Sevilla. Unos comerciantes querían contratar las maderas que se requerían para la obra y pedían 80.000 pesos de anticipación para hacerlas venir del norte.

Por no haber dinero para dicha anticipación, se tomaron otros informes y se resolvió dar comisión a la casa de doña Josefa Manuel, del comercio de Úbeda, para que se hiciese la corta en los montes de Segura.

Realizada la remesa de maderas con abundancia y equidad, se conocieron las grandes ventajas que habían resultado a la obra, una el tenor, maderas de la mayor solidez y duración, sobre las de Flandes; otra, el equitativo precio y ahorros que se siguieron por ser muy caras las del extranjero, a la par del gasto que tuvieron las de Segura; y otra, que este ramo de industria se principió a fomentar, no echando el numerario fuera de España y dando ocupación a centenares de familias infelices que viven del trabajo de las maderas.

Con este objeto y el de proveer a todas las ciudades y pueblos de Andalucía de maderas para obras públicas y de particulares, se dispuso con real aprobación crear un establecimiento con el nombre de Real Negociado de Maderas, y para los primeros gastos se franquearon fondos de la Renta de Tabacos.

En los primeros años venía de Sevilla un comisionado a hacer las cortas y demás operaciones en la Sierra de Segura, Alcaraz y Cazorla, y a poco se construyó, para poner en él cuantas maderas fuesen llegando a Sevilla y se daba ocupación a muchos trabajadores que las aserraban para revenderlas público [sic] a precios equitativos. Luego se creó una oficina con el nombre de Superintendencia del Real Negociado que, entendiéndose con el Ministro de Hacienda, cuidó del fomento y dirección del ramo, habiendo producido crecidas utilidades y proporcionando ventajas al Estado y a los particulares, aunque se ignora cuantas fuesen hasta el año de 1764.

Cuando se publicó la Ordenanza de Montes de 1748, tomó conocimiento de aquellos montes la Marina, y los subdelegados del Real Negociado, que enviaba la Superintendencia de Sevilla a la Sierra, conocieran [sic] que era necesario custodiar y conservar aquellos preciosos e interesantes bosques, como un objeto de la mayor riqueza de España.

Se propuso por arbitrio, para obtener fondos con que atender a la custodia y conservación de los montes, un terreno baldío que se denominó Guadarmena7 y Bañares y, con real aprobación, se destinaron los productos de este baldío al pago de guardas y extinción de fuegos, poniéndolo bajo el cuidado y administración del Subdelegado del Negociado, que en su consecuencia se ha llamado también Administración del arbitrio de Guadarmena.

Años siguientes se encargaba esta Subdelegación del Negociado a los Comandantes de Marina, que enviaba el Departamento de Cádiz a las sierras, y en una sola persona se reunían los dos empleos, habiendo siempre esta clase de empleados servida [sic], en apariencia, al Negociado y, en realidad, a un cuerpo, con perjuicio y detrimento del mismo Negociado. Este ya no echaba sus pinadas todos los años, como antes lo hacía, porque la Marina turnaba con sus remesas; y de aquí fue otra baja de las utilidades progresivas del Negociado, que pudo muy bien surtir los depósitos con maderas de construcción, con más equidad que lo ha hecho la Marina por su cuenta, por la muchedumbre innecesaria de empleados que ha tenido y otros desórdenes.

En la guerra contra Napoleón perdió el Negociado todos sus fondos, ganados, carretería y demás enseres con que se sostenía el establecimiento, y ya en 1813 se mandó librar dinero para hacer una corta de 3.000 cargas de madera.

Se hizo esta y se preparó una pinada de las mas brillantes, habiendo comprado una carretería en 150.000 reales, teniendo la pinada en estado de carretearla al aguadero, ya no se libró más dinero, y así quedó sin poderse aprovechar, pues se ha podrido la más en los montes.

En 1815, 16 y 17 se expidieron varias reales órdenes para que se volviese a organizar el Negociado con 2.000 quintales de azogue, que se concedieron por su majestad para su beneficiación y que hubiese fondos; pero no llegó este caso y, en julio de 1817, se pidieron informes al Intendente de Sevilla sobre el origen del tales perjuicios, en cuya vista, por Real Orden de 8 de noviembre del mismo año, se mandó agregar al Crédito Público este ramo para su administración y mejora. De aquellos informes, pedidos a don Pedro Fernando Martínez, descubren todos los males y abusos del Negociado.

Hasta el año de 1821 no dio paso alguno la Dirección del Crédito Público para el fomento del Negociado y, en febrero, dispuso erigir una Comisión principal en vez de Subdelegación en la Sierra, que la compusieron don José Obach el primero, y don Pedro Fernando Martínez, el segundo y también interventor, y libró fondos para una pinada, que se cortó al momento y fue conducida a Sevilla en 1822.

Esta suprimió por de luego varios empleos y no reemplazó algunos que vacaron en Sevilla, en la epidemia y después. En 1822 se cortó otra pinada y la Dirección libró fondos para ella, que todo subía a unos 20 mil duros.

Y en julio último se hallaba la pinada 2ª en Andújar, cuando el Intendente de Sevilla acordó incautarse del Negociado y encargarse de la Superintendencia del ramo, despojando el Crédito Público de este arbitrio y de los caudales librados para las dos pinadas

El arbitrio de Guadarmena no ha podido entrar en su administración la Dirección general del Crédito Público, por la repugnancia de los Ayuntamientos de la Sierra y la ninguna energía en los jefes de Murcia y Sevilla en resolver las representaciones, que para ello se han hecho.

La Dirección solicita que se le confirme el Real Decreto de 8 de noviembre de 1817 y que al declararla a su majestad lo haga del sistema más económico y productivo que haya de seguirse.”

* * *

Descripción del documento según la norma ISAD (G)

Código de referencia

ES.23050.AHP: Agricultura: Provincia Marítima: 62.469/1

Título

Informe del Auditor de la Provincia Marítima sobre las causas de mala gestión de este organismo.

Fecha

[p. a 10/10/1803 y a. 22/12/1833]

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte de la unidad de descripción

8 páginas en pliego de papel verjurado doblado en folio cosido.

Productor

Provincia Marítima.

Historia archivística

Esta documentación se trasladó al Archivo por vía de urgencia por la necesidad de la Delegación Provincial de Agricultura de evacuar el local en que se encontraba albergada -el Laboratorio de Sanidad Animal- para realizar unas obras. Circunstancia que impidió la realización de una transferencia regular, lo que, unido a la desorganización de la documentación, hizo que ésta llegara en pésimas condiciones y sin ninguno de los controles necesarios.

* * *

“Verdaderas causas en que consiste, en el sistema actual, el atraso de los expedientes de este Ministerio y otros puntos sujetables a mi representación como Auditor de la Provincia para su remedio:

1º Es constante que el Ministerio de esta Provincia abunda por necesidad en crecidísimo numero de causas, expedientes y procesos económicos, contenciosos y gubernativos, sujetos a la jurisdicción de Marina.

2º Esta abundancia de procesos consiste principalmente en lo muy precioso, vasto y dilatado de los importantes montes de los 50 o más pueblos de esta provincia, compuesta de 35 Subdelegaciones que ha habido hasta aquí por lo tocante a montes, desde el Real Decreto de 1º de mayo de 1802, y otras cuatro más, establecidas en las márgenes del Guadalquivir, a beneficio de las maderas que salen de estas sierras de Marina y Negociado y navegan por sus aguas hasta la ciudad de Sevilla.

3º Consiguiente a la creación de estos Subdelegados particulares, uno en cada pueblo, a la rudeza de cuasi todos ellos como legos, a su ninguna instrucción, la de sus escribanos o fieles de fechos en las ordenanzas, órdenes de Marina y asuntos de este ramo, aunque se les circuló la oportuna por escrito en 29 de mayo de aquel año, aprobada por la competente superioridad, para que se arreglasen a ella, nada les bastó para salir de sus dudas y confusiones. En esta época vine a servir mi auditoría, de que tomé posesión el día 1º de julio del mismo año, y fueron tantas las consultas que hicieron en aquella época a este ministerio y recalaron a mi auditoría para su resolución que usurparon mucho tiempo, distrayéndome del giro, sustanciación y determinación de las causas.

4º Eran muchísimas las que entonces encontré en este Ministerio, y no pocas las atrasadas con motivo de hallarse recientemente impedido de ejercerla el escribano mayor, don Antonio Feliz Román, a impulso de su perlesía y total perturbación de cabeza, que le ocasionaron la muerte, sin haber bastado el servicio en dicha escribanía, el que hacía don Antonio Ramón Soler, su oficial mayor, cuya plaza accidental se creó <y dotó con el abono de 1.500 reales sobre el fondo de Montes de Segura> en virtud de Real Orden, para dar salida a las muchas que había atrasadas en tiempo del propietario Román, porque él sólo era oficial de cortísima instrucción en su oficio de escribano, poco aplicado en el servicio de esta escribanía y sumamente perezoso.

5º Los insinuados defectos de este oficial, sus informalidades y falta de firmas, propias y ajenas, venían patentes en los procesos que se me pasaban, y mis recursos y amonestaciones extrajudiciales no alcanzaron a la reforma de su conducta, que Vuestra merced y yo deseábamos, pues no se aprovechaba de nuestros consejos y amonestaciones.

6º Estando para tomar providencia aspirante al remedio de estos daños recayó la escribanía en propiedad, por muerte de don Feliz Román, en su yerno, don Agustín Mexía y Salcedo, que la está sirviendo, quedando suprimida la plaza de oficial mayor, que servía el Soler, y su sueldo.

7º Llegó a tan alto grado la altanería y resentimiento injustos del Soler que, a impulso de ellos y de su fundada presunción en que con este motivo de la entrada de nuevo escribano reconocimiento y entrega de papeles que había tenido a su cargo, se le descubrirían otras faltas, a pesar de citado para la entrega de ellos, huyendo de ser testigo de aquéllas, se ausentó y fugó sin noticia ni permiso de este tribunal la llave de la escribanía en su padre, Francisco Ignacio Soler, por quien fue entregada en 10 de octubre de 1803.
 

8º Esta novedad puso a Vuestra Merced en la justa precisión de encargarme la formación de inventario formal de las causas, papeles, expedientes y ordenes de la escribanía, que el Soler había dejado abandonados y encontré con la mayor informalidad y desarreglo, en cuyas diligencias practicadas y a presencia de testigos, me ocupé dos meses con el escribano mayor.

9º De la inspección de los inventariados y su descripción, reducida a las causas pendientes en sí y en sus cobranzas de cantidades no pagadas a legítimos interesados (sin contar las antiguas y alegajadas con separación de número considerable) resultó que ascendían aquéllas a más de 700, que muchas de ellas se hallaban informales y defectuosas de firmas, que sus defectos debían suplirse a costa de quien hubiese lugar a desvío de daños y perjuicios a terceros, poniéndolas con separación con testimonio aparte de las que fuesen, sin más expresión que la precisa, y señalamiento de número a que correspondían en el inventario. Y por lo tocante a las en que constaban cobradas alguna cantidad y no entregadas a sus legítimos interesados, se formase liquidación en cuenta separada de las cantidades cobradas de la persona o personas en cuyo poder estuviesen, incluso el Soler, y que recogidas se constituyesen, se depositasen provisionalmente en persona segura para su distribución oportuna a legítimos interesados.

También resultó de esta liquidación que el Soler se había alzado con 23.000, y más reales, pertenecientes al fondo de montes, al real Fisco de la Guerra, al ramo del papel sellado y a otros acreedores, de cuya cobranza se ha tratado y está tratando, con embargo y formal depósito de sus bienes y arresto de su persona, con aprobación de estas diligencias nuestras, por la vía reservada de Marina y Capitanía General de Cádiz.

10º Las causas informales de Soler, inclusos algunos protocolos, defectuosas de firmas y con otros vicios, han ascendido al número de 176, en alguno de estos procesos faltan 70 firmas, 16 de Vuestra merced, 43 del mismo Soler, y las restantes de otros individuos resultantes del expediente formado en su razón.

11º Estos asombrosos defectos, ignorados por mí hasta que formé el inventario, necesitan de mucho tiempo para suplirse y yo he invertido el preciso en la reforma de otros con que adolecían distintos expedientes que obraban en mi estudio, al tiempo de su fuga, no contenidos en el inventario de su escribanía.

12º Los procesos de denuncias por daños en montes, consultados a este Ministerio por los Subdelegados para las sentencias correspondientes y otros para la reducción de sus dudas o con distinto motivo, son muchos de ellos los que han venido defectuosos en puntos muy substanciales, insusceptibles de pasar por alto, por ejemplo, la causa del Salobre para Francisco Corrales y consortes y otras de la Subdelegación de Alcaraz, las de Beas, una contra José Calahorra y consortes y otra contra don Sebastián Ibáñez y sus pastores, otra de la Subdelegación de Cazorla, pendiente en el día, sobre incendio considerable de montes contra Rodrigo Godoy y consortes, y otras muchas, a este modo, de las restantes subdelegaciones entre ellas hasta el número como de unas 80 causas de la villa de Letur, todas ellas con los más garrafales defectos del Subdelegado don Sebastián Carreño, cuya vista y providencias para sus reformas me han ocupado mucho tiempo, sin otras del subdelegado de Férez.

13º Los frecuentes tropiezos con las reales justicias son continuados, a impulso de la ojeriza con que miran los montes y jurisdicción de Marina, en distintas manos que las suyas, y además las competencias entre los subdelegados y las justicias, consultadas por aquellos a este Ministerio, por quien se ha ganado en la decisión de su Majestad, la que ha pendido entre el subdelegado de Andújar y su teniente de Corregidor; las pendientes entre el de Alcaraz y Subdelegado de aquella ciudad; entre el Alcalde Mayor de Lezuza y este Ministerio; entre el Subdelegado de Iznatoraf y los Alcaldes de Beas; las justicias de Villaverde, Cotillas y otros pueblos, pretendiendo avocarse la jurisdicción de Marina; las recientemente formadas por las justicia y Ayuntamiento de Segura, y otra por justicia de Hornos, oponiéndose contra este Ministerio a la demarcación de la redonda de pastos de los bueyes carreteros y los de Marina y Real Negociado, empleados en las maderas de estas comisiones, en cuyo despacho y fundamentos de la jurisdicción de Marina, se me ha seguido y sigue un ímprobo trabajo, a cuyo impulso y solidez de mis dictámenes ha tenido que ceder, en otra, la justicia de Letur con este Ministerio, esperando iguales resultas de la pendiente entre el mismo y la parte de la encomienda de Lietor, sobre el conocimiento de otra causa contra el subdelegado don Sebastián Carreño, teniendo la satisfacción de que cuantas he defendido por la jurisdicción de Marina, en los 32 años que llevo de abogado, asesorando en las causas de este ramo, otras tantas he ganado en las decisiones de tribunales superiores, como sucedió en la muy reñida con el Corregidor y Ayuntamiento de Alcaraz, siendo yo asesor de aquella Subdelegación, en el año de 1801, decidida por Real Orden de 17 de abril del mismo año, en que quedaron bien escarmentados el corregidor capitulares y otras personas; sin contar la que también gané, en virtud de Real Decreto del año de 1785, contra la justicia y Ayuntamiento de Segura, esforzando su recurso para obligar al ministro Pichardo a que se trasladase de este lugar con todos sus dependientes, estableciendo el Ministerio en aquella villa.

14º El atraso actual de los procesos es debido también a otras muchas causas, que son las siguientes: la falta de Fiscal de montes con fija residencia en este Ministerio, que me aumenta mucho trabajo en los expedientes en que debe intervenir su oficio, la escasez de deliniadores [sic], a quienes cometer los reconocimientos y tasaciones de los daños de montes; la falta de escribano diligenciero en este Ministerio a quien cometer muchas diligencias en otros pueblos, que tarde o mal desempeñan las justicias; la de mensajeros prontos, a quienes cometer las citaciones de comparendo a los reos y testigos de la parte de afuera, para evacuar sus declaraciones y citas; las de imponderables a que tengo que asistir cuasi diariamente y me ocupan el mayor tiempo por exigir mi dirección, cuya importancia en la administración de justicia se está experimentando, como lo publican los pendientes contra Antonio Peralta, contra Pedro Patón y otras que omito; además de las ocupaciones y estorbos en los juicios verbales con los individuos del gremio de carreteros y otros asuntos beneficiosos a la Real Hacienda, que no especifico en obsequio de la menor molestia y por ser a Vuestra merced constantes cuanto notorios a los dependientes del Ministerio y el acierto de mis providencias, dejando a un lado el mucho tiempo que a Vuestra merced y a mi nos usurpan cuantos tienen asuntos en este tribunal con necesidad de oírles verbalmente, y sin contar el indispensable en los muchísimos informes y dictámenes que Vuestra merced me pide en los asuntos contenciosos, económicos y gubernativos que le presentan las partes, o para evacuar los que se le piden por las competentes superioridades, de que son el mejor testigo Vuestra merced y los propios procesos.

15º Por último, y en el supuesto de que mi salario está reducido a 10 sueldos mensuales y a los derechos de mi honorario en las causas que, tarde o con dificultad, se cobran, y no devengo en las muchas de oficio y de pobres, el único medio y arbitrio que me parece adoptable para dar pronta salida a las atrasadas y a las corrientes, y que a su virtud se acerque la cobranza de los intereses del fondo de Montes, Real Fisco de la Guerra, ramo del mucho papel sellado que se consume, de los guardas denunciadores en sus cuartas partes de condenaciones y otros que trabajan en las mismas causas, es el de habilitarme un abogado o pasante diestro de mi satisfacción.”

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