Archivos de Andalucía

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Presentación

Introducción

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En el marco jurídico previsto en el Estatuto de Autonomía, que establece para Andalucía la competencia exclusiva en materia de archivos que no sean de titularidad estatal, el Archivo General de Andalucía es el depositario y responsable de recoger, preservar y tutelar el volumen de los documentos generados por la Junta de Andalucía y por los servicios centrales de su administración. Orgánicamente depende de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, de la Consejería de Cultura.

Se trata, pues, de un archivo público, el primero de titularidad autonómica, y una pieza destacada en el actual Sistema Andaluz de Archivos. Técnicamente es un archivo intermedio -con documentación administrativa que ha superado los diez años de finalización de su trámite- e histórico -con fondos antiguos ingresados por diversos conceptos, así como por la pérdida paulatina de sus valores primarios de la documentación administrativa-.

Sus usuarios son los propios organismos e instituciones productores de los documentos, así como los técnicos de archivos, los investigadores y los ciudadanos en general. El acceso es libre y gratuito, con las reservas que marca la normativa vigente para la consulta de los distintos documentos.

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Competencias y funciones

El Decreto 323/1987, de 23 de diciembre, por el que se crea el Archivo General de Andalucía, estipula su función fundamental de "recibir, custodiar, organizar y servir la documentación generada en el normal desenvolvimiento de la Administración Autónoma andaluza" y de sus organismos dependientes, a excepción de los servicios periféricos. El Archivo queda facultado, en relación a estas tareas, para recibir fondos y colecciones que puedan serle entregados por otras entidades públicas y privadas. 

El Decreto de creación ya presupone la existencia de archivos centrales en las Consejerías, desde los que tiene que transferirse regularmente, y de acuerdo a los plazos establecidos, la documentación producida o recogida por las mismas. Se fundamenta así la estructura de esta red central, que culmina en el Archivo General de Andalucía, como columna vertebral de la gestión documental autonómica. Dicha estructura queda formalizada por el Decreto 233/1989, de 7 de noviembre, que establece la existencia de los archivos centrales en las Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas de la Junta de Andalucía. A partir de este Decreto le queda atribuida la función coordinadora de esa red de archivos por lo que respecta a las funciones archivísticas.

Su papel asesor en materias de normativa y de normalización relativas al Sistema Andaluz de Archivos quedan probadas por su participación en los principales órganos constituidos por el Reglamento del mismo.

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