De acuerdo con el artículo 13 de la Orden de la Orden de 26 de julio de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la coproducción internacional de obras audiovisuales en Andalucía modificada por Orden de 23 de marzo de 2012, y convocadas por Resolución de 27 de marzo de 2012, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (BOJA nº 73 de 16 de abril de 2012), una vez revisadas las solicitudes presentadas, se comprueba que no se adaptan a lo establecido en la citada Orden, por lo que procede requerir a las personas física y/o jurídicas interesadas que figuran en el anexo de esta resolución para que subsanen las faltas o aporten los documentos que en el mismo se indican para cada solicitante.
El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábilesa partir del 6 de junio de 2012 (el día siguiente a la publicación de este acto administrativo en las páginas web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y de la Consejería de Cultura y Deporte.