Aviso:
CARTA DE PAGO ÚNICA
Desde las 21:00 del día 20 de febrero de 2024, las autoliquidaciones que lleven aparejada la obligación de realizar un pago irán acompañadas de una carta de pago (modelo 909) que sustituirá a los ejemplares de cartas de pago que anteriormente se incluían junto al ejemplar para la presentación. Con este modelo de carta de pago (modelo 909) se deberá realizar el pago tanto en las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Junta de Andalucía como a través de la Plataforma de Pago y Presentación.
Si opta por pagar en una oficina de una entidad colaboradora el único formulario que debe presentar es el modelo 909, de carta de pago. La entidad no validará el documento origen del pago realizado.
TOTAL A APLAZAR/FRACCIONAR
D) MOTIVO DE
LA SOLICITUD DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO
E) ORDEN DE DOMICILIACIÓN Y CALENDARIOS PARA PAGOS PROPUESTOS
(De obligado cumplimiento, hasta resolución de la Administración)
G)
INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS PARA EL APLAZAMIENTO Y
FRACCIONAMIENTO DE PAGO.
SUELDO EN CASO DE EMPLEADO
RENDIMIENTO
NETO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES O PROFESIONALES
INMUEBLES
VEHÍCULOS
OTROS
H)
DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS:
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Responsable:
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Agencia Tributaria de Andalucía |
Finalidad:
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Gestión de procedimientos de aplicación de tributos, recaudación y revisión |
Legitimación:
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Misión pública art. 6.1 e) RGPD y Ley General Tributaria |
Destinatarios:
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No se cederán derechos, salvo obligación legal |
Derechos:
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Acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos, con las limitaciones del
RGPD y art. 23.2 LOPD |
Delegado de protección de datos:
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dpd.atrian@juntadeandalucia.es
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Información:
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https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/proteccion-de-datos
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