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Información para entidades colaboradoras sobre autorización de banca electrónica

La Consejería de Hacienda y Financiación Europea, con el fin de facilitar a contribuyentes y ciudadanos en general el ingreso de las cantidades adeudadas a la Hacienda Autonómica, en las entidades colaboradoras de la gestión recaudatoria, ha regulado un procedimiento para que a través de la plataforma telemática y con utilización del certificado digital o de la banca electrónica (sin certificado digital), a través de Internet, pueda efectuarse el pago utilizando los modelos oficiales.

Los modelos y conceptos que podrán ser objeto de pago a través de banca electrónica son los que se relacionan a continuación:

Una vez autorizada la entidad financiera y las utilidades de Banca electrónica de la misma, se incorporarán los correspondientes enlaces a la Web de dicha entidad financiera cuando se utilice el servicio de pago sin certificado digital.

Normativa dictada:

Descarga de banners

Las entidades colaboradoras que lo deseen, pueden incorporar en su web de pago electrónico un banner que enlace con la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea. Ofrecemos dos banners Flash de distintos tamaños:

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(en píxeles)
Tamaño
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